El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la negativa del INE a otorgarle tiempos de radio y televisión a Armando Ríos Piter, aspirante a candidato independiente a la Presidencia de la República.
En sesión pública urgente, la Sala Superior resolvió el SUP-JDC-112/2018 que el pasado 14 de marzo presentó Ríos Piter contra la determinación del director ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE), contenida en el oficio INE/DEPPP/DE/DAGT/878/2018.
Este consistió en la respuesta realizada a solicitud del actor para que se le asignaran tiempos de radio y televisión durante el periodo de intercampañas, como aspirante a candidato independiente a la Presidencia de la República.
Por unanimidad, los magistrados consideraron que no se contempla asignar tiempos a candidatos y aspirantes durante intercampañas porque se trata del momento para difundir información sobre organización de comicios.
Asimismo, se invita a la ciudadanía a participar en las elecciones y se difunden valores democráticos. Mientras que los partidos deben difundir mensajes genéricos, sin llamar al voto ni identificar a sus candidatos, ni aludir a su plataforma electoral.
La presidenta del Tribunal, Janine Otálora Malassis, diferenció este asunto del juicio resuelto la semana pasada cuando el Pleno avaló la realización de debates entre candidatos presidenciales.
Ello, porque este caso es diferente, porque aquí se trata de un aspirante, cuyo registro no está confirmado, y tener tiempo en radio y televisión, implica la difusión de la imagen del aspirante y la presentación de su plataforma electoral.
JMSJ