En lo que especialistas electorales consideran “aberrante”, el Tribunal Electoral resolvió que en la votación presidencial “será voto válido cuando el elector, en cualquier parte de la boleta, escriba el nombre, sobrenombre, apodo, siglas o abreviaturas de alguno de los candidatos, aun cuando cruce una parte o la totalidad de la boleta”.
Según los especialistas, el INE y el Tribunal Electoral benefician con sus resolutivos al candidato de Morena, Andrés Manuel López Obrador, ya que violentan el artículo 291 de la Ley de Procedimientos Electorales.
Dicho artículo establece que: “1. Para determinar la validez o nulidad de los votos se observarán las reglas siguientes:
a) Se contará un voto válido por la marca que haga el elector en un solo cuadro en el que se contenga el emblema de un partido político, atendiendo lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo inmediato anterior.
b) Se contará como nulo cualquier voto emitido en forma distinta a la señalada.
A su vez, el párrafo 2 del artículo 290 –citado arriba- prevé la posibilidad de que el elector cruce más de un emblema de partido, en el caso de partidos coaligados, pero nunca habla de escribir “el nombre, sobrenombre, apodo, siglas o abreviaturas” de algún aspirante.
A pesar de lo anterior, el magistrado ponente, Felipe de la Maza Pizaño, consideró “que la validez del sufragio radica en la intención del elector, por lo que debe considerarse voto válido cuando el sufragante, en cualquier parte de la boleta, escriba el nombre, sobrenombre, apodo, siglas o abreviaturas de alguno de los abanderados, aun cuando cruce una parte o la totalidad de la boleta…”.
El escándalo de la parcialidad del INE y del Trife a favor del candidato de Morena se remonta a la sesión del INE del 7 de junio de 2018, en donde el instituto aprobó por seis votos a favor (de los consejeros Baños, Córdova, Favela, Murayama, Ravel y Zavala) que en el caso de que el elector escriba en cualquier parte de la boleta el nombre, sobrenombre, apodo, siglas o abreviaturas de alguno de los candidatos, “se considere como voto válido a favor del candidato, y en caso de no haber señalado un partido político específico, se contará para la coalición”.
Dicho acuerdo fue impugnado por el PRI, PVEM, PANAL, PAN, PRD y MC. En la sesión del 18 de junio –el lunes pasado-, la Sala Superior del Tribunal resolvió por unanimidad de seis votos, ratificar el acuerdo del INE que fue impugnado por seis partidos políticos.
Lo aberrante es que en la boleta para la elección de Presidente, el único sobrenombre es del candidato independiente Jaime Heliodoro Rodríguez Calderón, motejado como EL BRONCO.
Por si fuera poco, el Tribunal Electoral también ratificó que:
1. Si el elector vota sólo por Margarita Zavala, el sufragio es nulo.
2. Si el elector vota por Margarita y algún candidato registrado, el sufragio cuenta para el candidato registrado.
Y en este caso el favorecido es Ricardo Anaya.
¿Juegan el INE y el Tribunal a una crisis postelectoral?
Al tiempo.