La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite tres acciones de inconstitucionalidad que promovieron, por separado, senadores de la República, el partido Movimiento Ciudadano y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para impugnar la Ley General de Comunicación, conocida como la “Ley Chayote”.
En el acuerdo de admisión a través de la ponencia del ministro Fernando Franco González Salas, quien ordenó notificar a las autoridades señaladas como responsables para que presenten su informe a la SCJN en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente a aquel en que surta efectos la notificación.
La norma impugnada fue aprobada el 25 de abril, y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo de 2018, en cumplimiento de una sentencia de amparo dictada por el Alto Tribunal, que ordenó al Poder Legislativo expedir la ley reglamentaria de la fracción octava del artículo 134 constitucional, en materia de publicidad oficial.
En las demandas, los promoventes solicitan al Alto Tribunal declarar la invalidez del decreto por el que se expidió la referida ley, y la CNDH impugna además la constitucionalidad de varias disposiciones de la norma citada, que considera violatorios de los derechos a la libertad de expresión y de acceso a la información.
A fin de integrar debidamente el expediente, requirió también al Congreso de la Unión, por conducto de las cámaras de Diputados y Senadores y de quienes legalmente las representan, para que al rendir su informe envíen a la SCJN copia certificada de los antecedentes legislativos de la norma impugnada.
Dichos antecedentes deben incluir la iniciativa, los dictámenes de las comisiones correspondientes, las actas de las sesiones en las que se hayan aprobado, en las que consten las votaciones de los integrantes de ese órgano legislativo, así como los respectivos diarios de debates.
TFA