Foto: Especial La jurisprudencia establecida en la CDMX permite que un criminal sea arrestado aunque no haya sido perseguido físicamente por policías  

En la Ciudad de México, cada 19 minutos se comete un robo con violencia (ocupando el segundo lugar a escala nacional por robo a transeúnte), de acuerdo a datos del Observatorio Ciudadano, por lo que especialistas consideran que es un avance el que se haya aprobado como detención en flagrancia la llevada a cabo mediante el monitoreo de cámaras de seguridad.

La jurisprudencia al respecto quedó establecida el 25 de junio pasado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito; cabe recordar en el artículo 267 del Código de Procedimientos Penales para la CDMX se establece que se entiende que existe delito flagrante cuando la persona es detenida en el momento de estarlo cometiendo, o bien cuando el inculpado es perseguido material e inmediatamente después de ejecutado el delito.

Con la nueva jurisprudencia, quienes hayan cometido un delito podrán ser detenidos posteriormente si las cámaras de vigilancia siguieron su rastro hasta donde hayan sido interceptados por la Policía.

Para el abogado penalista y maestro de la Universidad La Salle, Víctor Manuel Alonso, está decisión es un paso que da certeza jurídica en el nuevo Sistema Penal Acusatorio, y consideró que quienes sean detenidos de esta forma no son víctimas de un acto arbitrario o injustificado por parte de elementos de la Policía; por ende, no se viola derecho alguno en su perjuicio.

En entrevista para 24 HORAS, el abogado, especialista en amparo, explicó que ésta solamente es aplicable en la ciudad para los Tribunales Unitarios de Circuito y jueces quienes están obligados a acatar lo que ha marcado este colegiado en materia penal.

“El que haya tecnología nos permite, por un lado, menos impunidad y por el otro, que haya menos facilidad de corrupción de los policías. Ya que al quedar grabado un delito en videos, los cuales son difíciles de alterar, hay pruebas periciales al respecto”, afirmó.

“Nos da certeza tanto a la defensa como al asesor jurídico; éste es un primer paso, ya que si algún otro colegiado no está de acuerdo se turnara a la Suprema Corte para reformar la ley y que se obligue a todos los estados aplicarla. Pero por lo menos ya tenemos certeza”, indicó.

Por su parte, Nashieli Ramírez, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos capitalina (CDHDF), afirmó que a lo que nos está llevando el nuevo sistema es a retos relacionados con que los servidores públicos conozcan e interpreten la ley.

“Está bien, pero tiene que tener un orden de procedimientos que sea unificado, de procedimientos para que los juzgadores y los ministerios públicos lo puedan interpretar de la mejor manera posible”, señaló.