Foto: Cuartoscuro Los ministros expusieron que los artículos 32, 33, fracción II, 35, párrafo segundo, y 46 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que forman parte del sistema normativo de declaraciones patrimoniales y de conflicto de interés que regula tal ordenamiento legal, resultan acordes a la Constitución Política  

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que todo servidor público debe presentar su declaración de situación patrimonial y de intereses, sin que se admitan excepciones, como lo señala artículo 108 de la Constitución federal.

 

Durante la sesión de la Segunda Sala de la SCJN, a propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán, se llegó a dicha determinación. “Esto significa, en principio, que aun cuando no todos los servidores públicos manejen recursos, subsiste la obligación constitucional de presentar tal declaración, a fin de garantizar la transparencia, promover la integridad y la obligación de rendir cuentas de acuerdo a lo que determine la ley correspondiente”, señaló el máximo tribunal de la nación.

Los ministros expusieron que los artículos 32, 33, fracción II, 35, párrafo segundo, y 46 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que forman parte del sistema normativo de declaraciones patrimoniales y de conflicto de interés que regula tal ordenamiento legal, resultan acordes a la Constitución Política.