La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró de manera total temporal las actividades de aprovechamiento de piedra bola de mar, en la Zona Federal Marítimo Terrestre (ZOFEMAT), en el municipio de Ensenada, Baja California, mismas que se realizaban sin la Autorización en materia de Impacto Ambiental y el Título de Concesión de ZOFEMAT que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
Personal de la PROFEPA en Baja California llevó a cabo visitas de inspección en las materias de Impacto Ambiental y ZOFEMAT al aprovechamiento de piedra bola de mar que se realizaba en la ZOFEMAT colindante al Ejido Díaz Ordaz, Delegación Municipal de Vicente Guerrero, en Ensenada, con objeto de verificar que dicha actividad se efectuara dando cumplimiento a la legislación ambiental y patrimonial vigente.
Las actividades inspeccionadas comprenden dos bancos de aprovechamiento de dicho material pétreo; en el primer banco o sitio conocido como “Lomas de San Ramón”, que abarca una superficie total de 91,200 metros cuadrados, se localizaron 40 personas realizando el aprovechamiento de piedra bola de mar -también conocida como canto rodado- en la franja de ZOFEMAT, así como un total de 800 bolsas plásticas y costales de nylon que contenían este material pétreo recién extraído de este sitio.
En el segundo banco o sitio conocido como “Costa Brava”, se encontraron 10 personas realizando la extracción en una superficie de 56 mil metros cuadrados, así como 200 bolsas plásticas y costales de nylon con piedra bola y grava de mar.
Al momento de las diligencias, los inspectores requirieron al inspeccionado la Autorización en materia de Impacto Ambiental y el Título de Concesión de la ZOFEMAT que otorga la SEMARNAT, que acreditaran que las actividades de aprovechamiento de grava marina y piedra bola de mar se ejecutaba de manera legal; documentos que no fueron exhibidos por el inspeccionado.
Por tal motivo y con el fin de evitar afectaciones al ecosistema marino y la línea de costa, sin una previa evaluación de los posibles impactos ambientales negativos que pueden provocar un cambio en la morfología de la ZOFEMAT y playa, así como de la conformación natural del terreno y el oleaje, se ordenó como medida de seguridad la Clausura Total Temporal de ambos bancos.
Asimismo, la piedra bola de mar y la grava marina, que se encontró en el interior de los 1,000 bolsas plásticas y costales de nylon, fueron dispersadas en su medio natural, con la finalidad de evitar daños y afectaciones inmediatas a litoral costero y al ecosistema marino.
La PROFEPA substanciará los procedimientos administrativos correspondiente y de no desvirtuar el inspeccionado los hechos detectados en las diligencias, se impondrán las sanciones que establecen la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la Ley General de Bienes Nacionales.
Con estas acciones, la PROFEPA refrenda su total compromiso en la protección y preservación de nuestros recursos naturales.
DPC