Foto; Cuartoscuro/ Archivo Los magistrados declararon la improcedencia de 14 juicios presentados por Nueva Alianza en los estados de Michoacán e Hidalgo  

Al iniciar la resolución de juicios derivados de la jornada electoral del 1 de julio pasado, la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró improcedentes 14 juicios de inconformidad de la elección de senadores.

 

En sesión pública, el pleno de la sala conoció 55 juicios de inconformidad promovidos por Nueva Alianza, Movimiento Ciudadano y el Partido Acción Nacional (PAN) para controvertir los resultados de las elecciones de diputados y senadores de los cuatro estados de la quinta circunscripción.

 

Los magistrados declararon la improcedencia de 14 juicios presentados por Nueva Alianza contra la elección de senadores por los principios de mayoría relativa y representación proporcional de los estados de Michoacán e Hidalgo.

 

Determinaron que, de acuerdo con la legislación en la materia, los cómputos estatales y no los distritales son los que deben impugnarse.

 

A excepción del Distrito 18 del Estado de México, en el resto de los casos quedaron intocados o fueron confirmados los resultados consignados en las actas de cómputo distrital, la declaración de validez y la expedición de las constancias de mayoría de la elección de diputados federales, respectivamente. Esto, porque en algunos casos las demandas fueron desechadas por no haberse interpuesto en tiempo o por carecer de firma autógrafa.

 

En otros, no se aportaron los elementos de prueba necesarios para acreditar las afirmaciones de los promoventes, o bien, no se configuraron los elementos que pudieran actualizar alguna causal de nulidad de votación recibida en las casillas.

 

En cuanto al juicio de inconformidad 67/2018 promovido por Nueva Alianza contra los resultados del cómputo correspondiente al Distrito 18 de la elección de diputados de mayoría relativa y representación proporcional, los magistrados desestimaron las causales de improcedencia. Ello, en relación con la supuesta actualización de la causal de nulidad en las cuatro casillas que fueron materia de impugnación.

 

Sin embargo, los magistrados se reservaron el pronunciamiento sobre la declaración de validez y la entrega de la constancia de mayoría otorgada, hasta en tanto se resuelva el último de los juicios que se tramitan en esta sala regional, y que guarda relación con el distrito electoral señalado.

DPC