La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), en Resolución sancionatoria, impuso una multa económica, la suspensión temporal total de actividades de aprovechamiento de recursos forestales maderables y la restauración del sitio afectado, al propietario de un predio ubicado en la localidad de Ticuizitán del municipio de Colima, en el estado de Colima.
Lo anterior debido a que el particular no acreditó durante la substanciación del Procedimiento Administrativo iniciado en su contra, contar con la autorización que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) para actividades de aprovechamiento de recursos forestales maderables.
La suspensión de toda actividad en el predio se mantendrá hasta en tanto no cuente el particular con la autorización que emite la SEMARNAT; la reforestación ordenada deberá ser de especies forestales nativas del sitio afectado, cuidándola por un periodo de 3 años hasta su restablecimiento total, evitando el pastoreo que dañe a la misma, plagas, enfermedades e incendios y, en su caso, darle riego de auxilio en la temporada de estiaje.
Esta Procuraduría emitió el pasado 20 de julio de 2018 la Resolución contra el propietario del predio, al no presentar pruebas que subsanen o desvirtúen las infracciones ambientales, establecidas dentro del Procedimiento Administrativo instaurado por aprovechamiento ilegal de recursos forestales maderables en una superficie de 4 hectáreas, así como la afectación de la especie de cuastecomate (Cresentia alata), en un volumen de 74.400 m³ Rollo Total Árbol (RTA).
Cabe recordar que en julio de 2017, en atención a una denuncia ciudadana, personal de la PROFEPA realizó visita de inspección al predio referido, en la que se circunstanciaron hechos y omisiones, imponiendo desde esa fecha, como medida de seguridad, la suspensión temporal total de dicha actividad, de conformidad con lo previsto por el artículo 161, fracción III, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS).
Además, la PROFEPA presentó, en septiembre de 2017, denuncia penal ante el Ministerio Público de la Federación por el delito contra la biodiversidad, previsto y sancionado en el artículo 418 fracción II del Código Penal Federal.
Por tanto, la denuncia penal presentada ante la PGR se encuentra aún en proceso de investigación de los hechos ante esa Representación Social de la Federación, para en su caso proceder la judicialización de la carpeta de investigación..
Con estas acciones, la PROFEPA inhibe la comisión de este tipo de ilícitos, a la vez que refrenda su compromiso y misión de proteger los recursos naturales de México, así como procurar la justicia ambiental a través del estricto cumplimiento de la Ley.
NCG