Foto: Cuartoscuro El SNTE aprobó el uso lícito de los recursos por los que la ex dirigente sindical Elba Esther Gordillo fue detenida y sujeta a proceso por más de cinco años, además las pruebas que aportó la SHCP en contra de la maestra se obtuvieron de manera ilegal, ya que no se contó con una orden judicial  

El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) aprobó el uso lícito de los recursos por los que la ex dirigente sindical Elba Esther Gordillo Morales fue detenida y sujeta a proceso por más de cinco años, además las pruebas que aportó la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en contra de la maestra se obtuvieron de manera ilegal, ya que no se contó con una orden judicial.

 

De acuerdo a la resolución del Primer Tribunal Unitario de la Ciudad de México, se absolvió a Gordillo porque no existe delito en recursos de procedencia ilícita ni delincuencia organizada y se declaró el sobreseimiento que tiene efectos de sentencia absolutoria.

 

“Los recursos respecto de los cuales se atribuyen a la encausada haber realizado operaciones resultan lícitos, a saber, porque su origen deviene de las cuotas sindicales de los agremiados al SNTE y aportaciones extraordinarias en apoyo por los estados y, porque el destino que se dio a los mismos fue avalado por (el) referido gremio sindical”, afirmó el Primer Tribunal, a cargo del magistrado Miguel Ángel Aguilar López.

 

Según el expediente 156/2018, algunos de los gastos que se documentaron fueron hechos por Nora Guadalupe Ugarte -aún bajo proceso- quien efectuó retiros de Santander a nombre del SNTE en los años comprendidos de 2009 a 2012, por 87 millones 272 mil 45 pesos.

 

Ese movimiento fue realizado a favor de diversas personas físicas y morales, entre ellas a Gordillo para una cuenta en la tienda departamental de lujo Neiman Marcus, así como una transferencia internacional de UCSD Medical Center de cuatro millones 830 mil 221 pesos.

 

También señala que la información bancaria recabada por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la SHCP se obtuvo con violación a los derechos fundamentales de Gordillo, toda vez que fue obtenida sin que mediara autorización judicial y fue excluida por prueba ilícita.

 

fahl