La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación General 33/2018 a autoridades federales y locales sobre el derecho a mantener la vinculación con el exterior de las personas privadas de la libertad en los centros penitenciarios de la República Mexicana.
De tal suerte las autoridades del sistema penitenciario deben proporcionar y facilitar a las personas privadas de la libertad los servicios de visitas familiar, íntima, locutorios, abogados defensores, de asistencia social y religiosa.
También, comunicación telefónica, correspondencia y biblioteca, así como diversos medios de comunicación electrónicos, impresos y equipos de cómputo, estos últimos para efectos de aprendizaje, todo ello dentro de la seguridad que establece la ley y bajo estricta supervisión externa.
“El objetivo de la prisión no es sólo un concepto previsto en la Constitución y en los instrumentos internacionales, sino que conlleva que la reinserción social se dé con base en el respeto por los derechos humanos y en un buen régimen penitenciario”, abundó el organismo en un comunicado.
La CNDH indicó que el objetivo de la recomendación general es establecer parámetros para corregir las limitaciones al citado derecho que contravienen lo dispuesto en los artículos 1°, 18 párrafo segundo y 19 párrafo séptimo constitucionales.
El documento general está dirigido al secretario de Gobernación, a los gobernadores de las entidades federativas, al jefe de Gobierno de la Ciudad de México y al comisionado Nacional de Seguridad.
En él se reconoce la importancia de visibilizar y atender el mencionado derecho de esas personas, por el importante papel que representa desde la perspectiva de la organización y disposición del régimen penitenciario.
Además, por tratarse de una herramienta fundamental para la reinserción social, al garantizar el ejercicio de los derechos de la persona recluida y al libre desarrollo de la personalidad.
La CNDH puntualizó la importancia de la vinculación con el exterior como derecho fundamental, considerando para ello el diseño y operación de políticas públicas pertinentes que contemplen infraestructura, procedimientos, marco normativo y personal capacitado y suficiente para dar eficacia al disfrute de esta prerrogativa.
La implementación de programas con autoridades corresponsables, de conformidad con la Ley Nacional de Ejecución Penal, fue aspecto importante a considerar, así como los relativos a la atención postpenitenciaria, con el fin de fortalecer la participación de la familia y grupos sociales de apoyo.
Por lo anterior, la CNDH también recomendó a las autoridades destinatarias impulsar la adopción de una política pública nacional que reglamente y genere protocolos respecto de las acciones de la vinculación de la prisión con el exterior, centrado en el respeto a los derechos humanos.
Además, orientado a la reinserción social de las personas privadas de la libertad; organizar, capacitar y sensibilizar al personal directivo, técnico, administrativo y de seguridad de los centros penitenciarios en esta materia.
De igual forma, les pidió fortalecer las acciones tendientes a dar eficacia al citado derecho, mediante políticas públicas integrales en materia penitenciaria que garanticen a los internos estancia digna y segura en los centros de reclusión.
También, impulsar programas de coordinación con las autoridades corresponsables señaladas en la Ley Nacional de Ejecución Penal, impulsar el fortalecimiento de un sistema de visitas que se realicen con base en el respeto a los derechos humanos de las personas internas y de quienes ingresan a los centros.
La comisión nacional destacó que la recomendación general número 33/2018 sobre el Derecho a Mantener la Vinculación con el Exterior de las Personas Privadas de la Libertad, fue debidamente notificada a sus destinatarios y puede consultarse en la página web www.cndh.org.mx
DPC