La Comisión de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) presentó las reglas generales aplicables al procedimiento de liquidación de los partidos políticos nacionales que no obtuvieron el porcentaje mínimo de la votación establecida en la ley para conservar su registro.
En sesión extraordinaria, el presidente de la Comisión, Ciro Murayama, señaló que en dichas reglas se incorpora un informe del patrimonio de sus bienes, lo que resultará de gran utilidad para llevar al cabo dicho procedimiento.
Además, agregó, una de las novedades más importantes es que los gastos por los honorarios del interventor correrán por cuenta del partido político que esté en proceso de liquidación.
El presidente de la Comisión subrayó que el procedimiento de liquidación se aplicará en tres escenarios posibles: 1) los partidos políticos que no tienen el 3% de la votación a nivel federal, pero que sí lo alcanzan a nivel local. 2) otros en el que ninguno de los dos ámbitos alcanzó el 3% de la votación y, 3) aquellos que si bien no alcanzan el 3% de la votación nacional tendrán derecho a participar en alguna elección extraordinaria.
El secretario técnico de la Comisión y titular de la Unidad Técnica de Fiscalización, Lizandro Núñez, especificó que el gasto de administración que se tiene que realizar para liquidar un partido atenderá el orden en que se tienen que saldar las deudas.
“En el caso de los partidos políticos primero tienen que liquidarse los compromisos laborales, luego, pasivos con la autoridad electoral, impuestos y acreedores. Se establece de manera muy clara, que los gastos de liquidación tienen que pagarse del propio patrimonio del sujeto que está en ese proceso”.
A la sesión de la Comisión de Fiscalización acudieron las y los Consejeros Adriana Favela, Pamela San Martín, Benito Nacif y José Roberto Ruiz.
DPC