Las medidas precautorias dictadas el 18 de abril pasado a Honda de México, siguen vigentes y deben cumplirse a cabalidad, además de efectuar el pago de la multa que se le impuso por su omisión ante la orden judicial y cumplir satisfactoriamente con la radicación ordenada a su presidente en calidad de codemandado, afirmó el abogado de Grupo Bella Vista, Juan Carlos Hernández Martínez.
Luego de que Honda de México y su presidente, Hiroshi Shimizo, desacataron las medidas precautorias dictadas por el Juzgado Quinto de lo Mercantil en Guadalajara, en el conflicto con Grupo Bella Vista de Coahuila, el juez decretó la vigencia de las medidas establecidas e impuso una multa por la desobediencia a la autoridad, detalló el representante legal de los empresarios coahuilenses.
Hernández Martínez subrayó que las medidas precautorias ignoradas por la transnacional son, entre otras, suministrar vehículos para su venta, refacciones, servicio, asesoría y todo lo necesario para que Autos Bella Vista siga operando sus agencias automotrices en Monclova y Piedras Negras, lo cual no ha sucedido.
“De acuerdo a lo ordenado por el Juez, las medidas cautelares están vigentes y deben ser cumplidas a cabalidad, además de que Honda de México debe abstenerse de operar otras agencias en las mismas ciudades, cumplir ineludiblemente con la multa impuesta y en el caso de Shimizo debe acatar el arraigo o radicación que se le decretó en su calidad de codemandado”, detalló.
Los abogados de Honda México han negado y contradicho lo estipulado por el Juez, insistió la parte legal de Bella Vista, dijo que se trata de un flagrante desacato a la autoridad y se pronunció porque la empresa japonesa acate de una vez por todas las órdenes de la justicia mexicana, a la que según su propio dicho, han menospreciado y desdeñado.
Recordó además que el incumplimiento de las medidas cautelares en este litigio, no solo han afectado a los empresarios en su prestigio y ante su clientela, sino que colateralmente afectó a la sociedad coahuilense al provocar desabastecimiento y falta de servicio en sus unidades particulares.
DPC