La Segunda Sala de la Suprema Cortes de Justicia de la Nación (SCJN) concedió el amparo a la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH) ante las normas del Sistema Nacional Anticorrupción ya que no pueden vulnerar la autonomía universitaria.
El máximo tribunal consideró que la forma en que se implementó la revisión de los recursos públicos de esa institución educativa excedió los fines del propio sistema, al prever que sean vigiladas, evaluadas y confirmadas las funciones sustantivas y adjetivas de la institución, en prejuicio de su autonomía.
El proyecto, elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán, señaló que la autonomía universitaria inhibe cualquier posibilidad de que autoridades externas se conviertan en revisoras, controladoras o fiscalizadoras del quehacer universitario.
La resolución no implica que las universidades estén fuera del Sistema Nacional Anticorrupción, o que no puedan ser auditadas, sino que, precisó la Sala, la autonomía universitaria y la implementación del Sistema Nacional Anticorrupción deben convivir armónicamente en el espacio de atribuciones y facultades que a cada órgano correspondan, sin interferir o rebasar funciones, a fin de cumplir puntualmente con los mandatos constitucionales.
fahl