Foto: Especial El senador del PRD, Juan Manuel Zepeda, dijo que la iniciativa que propuso Morena, es una propuesta “a modo”, pues propone que el Presidente pueda ser removido a partir de una consulta popular  

El senador del PRD, Juan Manuel Zepeda, presentó una iniciativa para que la figura de revocación de mandato sea una facultad exclusiva de los ciudadanos, y no obedezca a los tiempos y a solicitud de quien ocupará el cargo del Ejecutivo Federal, tal como propone la bancada de Morena.

 

A nombre de la bancada perredista, el legislador del Estado de México, destacó que la iniciativa que propuso Morena, sobre el tema, es una propuesta “a modo”, pues propone que el Presidente de la República pueda ser removido de su cargo a partir de una consulta popular que se efectúe en el tercer año de gobierno.No obstante que el propio Presidente electo en su campaña señaló que se pondría a consideración, a los dos años, la revocación de su mandato.

 

“Evidentemente en un cálculo político ahora está cambiando el plazo y él pretende en una decisión unilateral y con un fin eminentemente político-electoral aparecer en las boletas del año 2021”, señaló Zepeda.

 

Entre los requisitos que proponen está la presentación de la solicitud ante alguna de las dos Cámaras (Diputados o Senadores) con la petición de la revocación de mandato debidamente argumentado y con el respaldo del equivalente al menos, del 20% de la Lista Nominal de Electores, es decir, al menos 18 millones de ciudadanos.

 

Asimismo, la revocación de mandato deberá solicitarse durante el primer año de ejercicio de la legislatura siguiente a la elección presidencial que corresponda, es decir, a partir del 1 de septiembre de 2021 a más tardar el 31 de agosto de 2022. Y de ninguna manera pudiera aparecer el Presidente de la República en la elección intermedia de 2021.

 

De esta manera, sería el Instituto Nacional Electoral (INE), el que verifique el cumplimiento del requisito mínimo porcentual de apoyos ciudadanos y realice la consulta, el cómputo y la declaración de los resultados.

 

Detalla también seis causales para solicitar la revocación de mandato, cuyo cumplimento, deberá ser revisado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

 

También establece que la revocación del mandato deberá ser vinculante si participa al menos el 40% de los ciudadanos inscritos en la Lista Nominal de Electores y se obtiene mayoría absoluta de votos a favor de la revocación.

 

fahl