La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México emitió la recomendación 18/2018 dirigida a la Procuraduría General de Justicia (PGJ) y la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), por la detención arbitraria y violar los derechos humanos en contra de 122 personas.
Hilda Téllez Lino, primera visitadora general de la CDHDF, expuso que del año 2010 a 2018 el organismo documento 58 expedientes de quejas por múltiples violaciones a derechos humanos cometidos en agravio a las víctimas por servidores públicos de la PGJ y la SSP, ambas de la Ciudad de México.
Se les vulneraron su derecho a la libertad y seguridad personal por detenciones ilegales, detenciones arbitrarias, arraigo, violación a la propiedad privada, por el uso indebido y desproporcionado de la fuerza, por la omisión de salvaguardar la integridad de personas menores de edad, violar el derecho al debido proceso por la omisión de garantizar una defensa adecuada y por la declaración ante autoridad no competente sin la presencia de un defensor, por la violación a la presunción de inocencia por exhibición de las víctimas en medios de comunicación, entre otras.
Por su parte, la ombudsperson, Nashieli Ramírez, mencionó que a lo largo de 25 años la Comisión de Derechos Humanos de esta ciudad ha visibilizado a través de 40 instrumentos recomendatorios emitidos violaciones atribuidos a los diferentes cuerpos policiacos tanto de la SSP como de la PGJH.
Hizo un llamado una vez más a través del presente instrumento recomendatorio para que a partir de la emisión de la misma ninguna persona sea sometida a detenciones ilegales o arbitrarias por causas y métodos que aún calificados de legales pueden repuntarse como incompatibles por el respeto a los derechos fundamentales de las personas y garantizar que cualquier persona que sea detenida tiene derecho a ser llevada sin demora ante un juez y a ser informado de su situación jurídica y de sus derechos.
Para la recomendación 18/2018, la CDHDF emitió las siguientes recomendaciones a la PGJ y a la SSP de la CDMX, entre las que incluyen la indemnización de manera integral a las 122 víctimas directas mismos que deberán contemplar los conceptos de daño material, daño inmaterial y tratamiento psicológico por el tiempo necesario para prevenir afectaciones psicosociales.
aarl