Foto: Cuartoscuro/Archivo Código Fiscal de la Federación prevé que las facturas sólo podrán cancelarse cuando la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación  

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que no habrá una prórroga adicional, para la entrada en vigor del nuevo proceso de cancelación de facturas.

 

“Los nuevos servicios requeridos para la cancelación de facturas estarán a disposición de los contribuyentes en el portal de Internet del SAT a partir del 1 de noviembre”, dio a conocer el organismo a través de un comunicado.

 

Destacó que a la fecha el 100% de los proveedores de certificación ya están habilitados para operar el nuevo esquema, por lo que no existe un motivo para una prórroga.

 

Recordó que el Código Fiscal de la Federación prevé que las facturas sólo podrán cancelarse cuando la persona a favor de quien se expidan acepte su cancelación, con lo que se garantiza el derecho del receptor de enterarse de la petición de cancelación y poder aceptarla o rechazarla.

 

Lo anterior, en razón de que se detectó que algunos contribuyentes emisores de comprobantes los cancelaban injustificadamente de manera unilateral, sin importar que estos ya estuvieran pagados y la operación que soportaban se hubiera realizado efectivamente.

 

“Para implementar este procedimiento de cancelaciones, considerando los avances de los desarrollos tecnológicos, el SAT ya ha dado facilidades que han prorrogado su entrada en vigor, por lo que en definitiva este iniciará el 1 de noviembre de 2018”, indicó.

 

Además, destacó que gracias al esfuerzo de los contribuyentes durante el proceso de actualización de la factura, se ha logrado impulsar la modernización tributaria en México.

 

aarl