Foto: Cuartoscuro/ Archivo La Sala Superior del TEPJF determinó anular los comicios en Monterrey y propuso que se convoque a elecciones extraordinaria  

El presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova, aclaró que para atraer una elección se requieren al menos ocho votos de consejeros, «no cualquiera puede pedirla, solamente ciertos sujetos legitimados», y tampoco puede hacerse en cualquier contexto.

 

Evitó pronunciarse sobre si atraerá o no la elección extraordinaria para renovar el ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León, luego de que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló los comicios en ese municipio.

 

En entrevista, a pregunta expresa sobre que el Partido Revolucionario Institucional (PRI) pedirá que el INE organice la elección extraordinaria, el consejero presidente respondió: “que primero nos entreguen una solicitud y ya después me pronunciaré sobre el punto».

 

«No tengo noticia de que haya llegado una solicitud formal, y mientras no haya una noticia formal pues no me gusta especular”, aclaró.

 

La Sala Superior del TEPJF determinó anular los comicios en Monterrey y propuso que se convoque a elecciones extraordinarias, luego que determinó que se acredita una irregularidad que vulnera de manera directa el principio fundamental de certeza.

 

Debido a ello el Tribunal propuso revocar la sentencia impugnada, y por ende revocar la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de las constancias de mayoría y validez entregada a la planilla postulada por el PAN y la asignación de regidores por representación proporcional.

 

También propone ordenar a la Comisión Estatal Electoral de esa entidad que convoque a elección extraordinaria para la renovación del ayuntamiento de Monterrey, Nuevo León.

 

Córdova Vianello indicó que, de acuerdo con los términos constitucionales, el INE tiene facultad de atracción y corresponde al Consejo General ejercerla, pero  dependerá de los términos en que se solicite y que quien lo haga tenga atribuciones legales; luego el Consejo valorará si la solicitud procede y lo determinará con base en lo que la ley determina.

 

“Se requieren al menos ocho votos de los consejeros y no cualquiera puede pedirla, solamente ciertos sujetos legitimados; la petición tampoco puede hacerse en cualquier contexto, tiene que haber una base que atienda los requisitos legales y debe ser considerada por el Consejo General”, explicó.

 

A su vez el consejero Marco Antonio Baños, presidente de la Comisión de Vinculación con Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE), indicó que el detalle está en que la sentencia del Tribunal ordena a la Comisión Electoral de Nuevo León que convoque a elecciones. Es implícito que le está ordenando que organice la elección y eso responde a la petición del PRI, opinó.

 

Agregó que también hay una propuesta del Partido del Trabajo y que se analizarán las dos; sin embargo, insistió en que la sentencia determina que sea la Comisión Estatal de Nuevo León.

 

DPC