La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la expulsión de Ernesto Cordero Arroyo, Eufrosina Cruz Mendoza y Jorge Luis Lavalle Maury.
Esto luego de que los panistas se inconformaron por las resoluciones de la Comisión de Justicia del Partido Acción Nacional (PAN), que declaró infundados sus juicios de inconformidad con la expulsión de esa fuerza política.
En los tres casos, los órganos de justicia intrapartidaria confirmaron la expulsión por supuestos actos de deslealtad hacia el instituto político, luego de afirmar de forma pública su intención de no votar por el entonces candidato del PAN a la Presidencia de la República, Ricardo Anaya.
Los ex senadores y la ex diputada alegaron falta de exhaustividad por parte de la Comisión de Justicia al omitir estudiar los argumentos por la discriminación derivada de su expulsión y a la objeción de conciencia como fundamento de la legitimidad de las conductas por las que fueron sancionados.
Al resolver los asuntos, por unanimidad, los magistrados determinaron que el PAN no se pronunció sobre los hechos por los cuales se les expulsó, su contenido, y si éstos ameritaban una sanción partidista. Además, no se atendieron los casos de forma personalizada y se resolvieron de forma genérica e idéntica.
Por tanto, la Sala Superior revocó las resoluciones partidistas impugnadas para efectos de devolver los expedientes a la Comisión de Justicia del PAN para que, a la brevedad, resuelva de forma particularizada y defina si la expulsión decretada por la Comisión de Orden fue apegada a Derecho.
Al respecto, el PAN emitió un comunicado en el que destacó que la resolución del TEPJF tiene como efecto devolver los expedientes de Lavalle, Cordero y Cruz a la Comisión de Justicia del Comité Ejecutivo Nacional para que emita una nueva resolución.
Por ello, resaltó que la sanción de expulsión impuesta a los panistas sigue firme, en tanto la Comisión de Justicia no resuelva de nuevo a las impugnaciones.
El Comité Ejecutivo Nacional reiteró su compromiso en la legalidad y las instituciones.
Otro asunto
En otro asunto, el TEPJF confirmó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE), por el el que modificó la integración de diversas comisiones, además, ratificó la rotación de las presidencias de las comisiones permanentes y otros órganos.
Los magistrados confirmaron así la creación de comisiones temporales de seguimiento de los procesos electorales locales 2018-2019 y, de vinculación con mexicanos residentes en el extranjero y análisis de las modalidades de su voto.
Por unanimidad, la Sala Superior consideró infundados los cuestionamientos de Morena, en virtud de que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral tiene el autoridad suficiente para determinar la integración de las comisiones, ya que no existe disposición que limite el número de que debe integrar cada uno de los consejeros o algún impedimento para que los consejeros integren comisiones en más de una ocasión, durante su encargo.