Foto: Especial Recordó que en audiencia intermedia celebrada inicialmente el ocho de noviembre de 2018, en el Centro de Justicia Penal Federal con sede en el reclusorio norte, derivada de la causa penal 97/2016  

Felipe de Jesús Muñoz Vázquez, titular de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales (SEIDF)
señaló que era apropiado el juicio abreviado en el caso de Javier Duarte de Ochoa, ex gobernador de Veracruz.

 

“Ahorita lo tendríamos de vacaciones (a Duarte) en Miami o en Cancún con sus lentes oscuro”, manifestó en conferencia de prensa.

 

Respecto al caso del contador del ex gobernador Javier Nava Soria (donde un juez dictaminó que era ilegal la información financiera que presentó la PGR), el Subprocurador señaló que el revés lo lleva la ciudadanía.

“Esperamos lograr una sentencia condenatoria con los medios de prueba que nos quedan, estamos pensando en una estrategia para que el resto de los involucrados, pues estamos tratando de tener una estrategia que nos permita tener sentencias condenatorias”, indicó Muñoz.

 

Recordó que en audiencia intermedia celebrada inicialmente el ocho de noviembre de 2018, en el Centro de Justicia Penal Federal con sede en el reclusorio norte, derivada de la causa penal 97/2016, en contra de JNS (Javier Nava Soria) contador involucrado en la red de empresas que desviaron dinero en la gestión de Javier Duarte, el juez de control resolvió que fueran excluidas diversas documentales (11); testimoniales (12); y, la parte conducente de los dictámenes periciales en materia de contabilidad (2), relacionadas, todas ellas, con la información financiera obtenida por el agente del Ministerio Público.

“Determinación que fundó, esencialmente, en lo adoptado por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver el amparo directo en revisión 502/2017”, expuso Muñoz.

Destacó que el juez de Control consideró que la información financiera allegada a la carpeta de investigación vulneraba el derecho a la vida privada del contador, por los planteamientos expuestos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, “es decir, que se requirieron y obtuvieron sin previo control judicial, siendo ello necesario para no vulnerar el referido derecho fundamental”.

Indicó que el juez de control, estimó que, no pudo adoptar una determinación diferente, pese a que el Ministerio Público de la Federación se ajustó en su momento a las disposiciones legales acordes a su actuar y al principio de buena fe, sin embargo, ello había quedado rebasado por el pronunciamiento del Máximo Tribunal.

Asimismo, adujo que, no compartía lo resuelto por su homologo, el Juez de Control en la audiencia de 31 de enero de 2016, en la que se solicitó la técnica de investigación para la obtención de la información financiera, pues a su parecer era factible otorgar dicha técnica para que el Ministerio Público obtuviera la referida información, ya que la institución ministerial había obrado de buena fe, tratando de no vulnerar derechos fundamentales de los imputados.

“Finalmente, consideró que, tampoco era obstáculo que la Representación Social de la Federación hubiera solicitado dicha información financiera conforme al artículo 9, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, pues aun tratándose de delincuencia organizada no puede haber excepción para no respetar los derechos fundamentales”, detalló el Subprocurador

Recordó que el nueve de noviembre de 2018, dándose continuidad a la audiencia intermedia y concluida la misma, en total para la Fiscalía de la Federación le fueron admitidas: 12 testigos, de los cuales 8 hablaran de 27 pruebas documentales aceptadas, 2 pruebas periciales (contabilidad y valuación inmobiliaria), así como 4 pruebas referidas como otros medios de prueba que lo son fotografías y tablas Excel, mismos que serán incorporados por testigos.

 

Subrayó que la defensa ofreció seis testimoniales, de la cuales cinco  ya había ofrecido la Representación Social de la Federación en su escrito de acusación.

 

aarl