El pleno de la Cámara de Diputados dio trámite de publicidad al dictamen que reforma y deroga diversos artículos constitucionales para eliminar el fuero a altos servidores públicos, incluido el Presidente de la República, con lo que se prevé sea discutido en la próxima sesión ordinaria.
El dictamen modifica los artículos 38, 61, 108, 111 y 112, y deroga el primer párrafo de la fracción V del artículo 74 de la Constitución.
La propuesta cambiaría las reglas de la inmunidad de los altos servidores públicos para que, ante la comisión de un delito, puedan ser sujetos a proceso penal en libertad y privados de ésta para la compurgación de la pena, cuando exista sentencia condenatoria de un juez que cause ejecutoria, respetando la figura parlamentaria constitucional.
Con los cambios se busca una regulación que elimine el llamado fuero de los altos servidores públicos, como un mecanismo que en los hechos favorece la impunidad, pero sin que ello pueda beneficiar la persecución política de los mismos y el riesgo que pudiera acarrear en la estabilidad de la función que desempeñan.
El artículo 38 estipula que quien esté sujeto a un proceso criminal por un delito que merezca pena corporal, ésta comenzará a contar desde la fecha del auto de vinculación a proceso penal, salvo lo establecido en los artículos 111 y 112 de la Constitución.
En lo que refiere al artículo 61, precisa que “las y los diputados y senadores son inviolables por las propuestas legislativas o votos que emitan, durante el tiempo en el que desempeñen sus cargos, y jamás podrán ser reconvenidos, procesados ni juzgados por ellas”.
Experto: Presidente podría distraerse de asuntos de Estado
El dictamen de la comisión de Puntos Constitucionales que reforma y adiciona distintos artículos constitucionales para retirar el fuero al Presidente de la República podría distraerlo de asuntos de Estado, consideró Rodrigo Soto Morales, académico de la Universidad Panamericana (UP).
Las modificaciones, que se discutirán en la próxima sesión ordinaria de la Cámara de Diputados luego de que este jueves se le dio trámite de publicidad, ponen al jefe del Ejecutivo al nivel de cualquier otro servidor público, indicó el profesor de Seguridad Nacional en la UP.
“En ese sentido es rebajar la figura presidencial a un funcionario más, esto tiene sus inconvenientes, pues la razón de la inmunidad, antes fuero del Presidente, puede distraerlo de cosas más importantes ante cualquier pesquisa judicial.
“Hay que decirlo, hay un peligro real de que, si se le quita la inmunidad al Presidente de la República, se le distraiga de los asuntos del Estado y de las razones de Estado que tiene que atender, que incluso podrían admitir excepción o retardo por cuestiones de seguridad nacional dada la envergadura del cargo”, manifestó el especialista.
Podría pasar, continuó, que la Consejería Jurídica de la Presidencia esté más enfocada en defender al Presidente de delitos federales, en lugar de estar aconsejando sobre temas prioritarios.
Esa era la razón, resaltó Soto Morales, de la disposición anterior en la que el mandatario sólo podría ser juzgado por traición a la patria o por delitos graves del orden común, ya que ahora, con las iniciativas de reforma en materia de fuero, la ley habla de sólo de delitos federales “y ahí caben varias cosas”.
LEG