Foto: Reuters Subrayó que el sistema constitucional considera que toda información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los órganos del Estado es pública  

La Procuraduría General de la República (PGR) debe proporcionar el nombre de los servidores públicos y ex funcionarios investigados, así como aquellos que han sido citados a declarar por el caso de presunta corrupción que los involucra con la empresa , instruyó el INAI.

 

Al presentar el asunto ante el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena destacó la importancia de esta investigación.

 

El caso, dijo, es considerado como uno de los mayor interés e impacto entre la ciudadanía, por estar relacionado con presuntos actos de corrupción y debido a las investigaciones que se realizan en torno a una red de sobornos empresariales a nivel internacional, entre ellos, supuestos pagos efectuados el periodo de 2010 a 2014 a funcionarios de Pemex.

 

Durante el análisis de este caso, los comisionados acordaron que para proteger las actuaciones del Ministerio Público federal, la reserva invocada por la PGR prevalecerá respecto de los servidores públicos cuyo testimonio se encuentre relacionado con alguna línea de investigación pendiente de ser agotada o no hayan sido notificados de la investigación iniciada en su contra.

 

La comisionada Ibarra Cadena indicó que las investigaciones se llevan a cabo en aproximadamente 20 países, entre ellos Brasil, en el que dicha constructora pagó millones de dólares a Petrobras para que se le adjudicaran numerosos y multimillonarios contratos.

 

Al respecto, dijo, en la carpeta de investigación obran declaraciones de servidores públicos y exfuncionarios de Pemex que intervinieron en la adjudicación de tres contratos de obra pública asignados al conglomerado brasileño y a directivos de dicha empresa, incluido su expresidente.

 

Expuso que los órganos constitucionales autónomos tienen una función social dentro del sistema jurídico para equilibrar la arquitectura constitucional; en el caso del INAI, reside en cumplir con la misión constitucional de velar por el principio de máxima publicidad en la interpretación del derecho de acceso a la información.

 

Así, subrayó que el sistema constitucional considera que toda información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los órganos del Estado es pública.

 

Detalló que la PGR clasificó la información como reservada, al considerar que se pueden menoscabar las facultades de investigación del Ministerio Público, lo que originó la inconformidad de la persona solicitante y explicó que con el propósito de contar con mayores elementos para resolver este recurso, se llevó a cabo un requerimiento de información adicional a la Procuraduría, que reiteró la clasificación de cualquier información al respecto.

 

Resaltó que se realizaron consultas a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del INAI para conocer los alcances de la suspensión definitiva del juicio de amparo 1336/2018, promovido en contra de la resolución de este pleno que ordenó la entrega de las averiguaciones previas del caso Odebrecht.

 

Debe destacarse, insistió, que el propósito del recurrente es conocer los nombres de servidores públicos o exservidores públicos, algunos investigados y otros involucrados con declaraciones y testimonios, que obran en una carpeta de investigación sobre conductas presuntamente constitutivas de los delitos de cohecho y enriquecimiento ilícito.

 

Es decir, son actos relacionados con el desempeño de un cargo público, por lo que es información de interés de la sociedad y la única forma que se tiene de constatar los avances de la investigación y de quiénes son las personas involucradas es mediante el conocimiento de dichos datos, en este caso, los nombres de los funcionarios y exservidores públicos presuntamente implicados.

 

DAMG