Un Tribunal de Enjuiciamiento con sede en Tamaulipas sentenció a 47 años de cárcel a Jorge Fernández González por el homicidio calificado cometido hacia su esposa, la española, María del Pilar Garrido, el cual fue perpetrado durante el mes de julio de 2017 en el poblado turístico La Pesca, ubicado en dicha entidad.
Durante la audiencia de sanciones de la carpeta procesal con número 152/2017, los Jueces de Control determinaron que el imputado tendrá que pagar 471 mil 296 pesos por reparación de daños. Este miércoles se efectuará la audiencia de explicación de sentencia.
Los fiscales expresaron que el esposo -criminólogo de profesión- efectuó el ataque con premeditación y en despoblado para dificultar la localización de la víctima y, resaltaron que, por un golpe en la cabeza, el cuerpo cayó inerte, para posteriormente estrangular a la mujer oprimiendo el hueso hioides.
El juez relator, Antonio Rodríguez, comentó que los 47 años de prisión fueron impuestos debido a que encontraron las agravantes de premeditación y ventaja. Una vez proporcionado el fallo por parte de los jueces, cedieron la palabra al acusado y, en breve, señaló “tener fe en que todo saldrá bien”.
Por su parte, el abogado del presunto homicida, Jesús Eduardo Govea, dijo estar en desacuerdo por la condena hacia su cliente, y acusó que la Fiscalía nunca pudo probar la culpabilidad.
“Rechazamos que se le dé ese trato de feminicidio, son hipótesis normativas distintas a las que rigen un caso. Se le pretende condenar a partir de la premisa de derecho penal de actor y no de acto”, señaló.
Añadió que en las próximas semanas presentará un recurso de apelación en contra del fallo del Tribunal, ya que no hubo un solo hecho atribuible a su cliente, y resaltó que no es aplicable la prueba directa, puesto que los actos no han sido probados.
En tanto, agregó que esperarán a que el Supremo Tribunal de Justicia de la entidad designe la sala de impugnación para presentar el recurso correspondiente, y añadió que este caso es el único en el que se utilizó la inferencia para probar una serie de hechos.
Finalmente, Govea resaltó que el fallo no es definitivo, ya que “aún se tienen instancias”. En este caso, la apelación. Y, en caso de ser necesario, se tienen medios de control constitucional, tales como el juicio de amparo.
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