El diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, del Partido Acción Nacional (PAN), aseguró que la reforma en materia de objeción de conciencia, aprobada el 22 de marzo de 2018, “está en el limbo” porque aún no hay sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Ello, detalló, respecto a la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
En la presentación del libro “Objeción de Conciencia Sanitaria”, de Agustín Antonio Herrera Fragoso, el legislador señaló que la carencia de un fallo “provoca incertidumbre jurídica para los potenciales usuarios, así como para los prestadores en materia de servicios de salud”.
El secretario de la Comisión de Salud se dijo convencido de que el parlamento abierto es de mucho valor en la evaluación de leyes como esta, lo que ayudará a dar un análisis y contar con la opinión de expertos.
“Sin haber presión social, se trae a este Congreso a los actores en aquellas leyes aprobadas, pero que requieren de una evaluación continua”, sostuvo.
En tanto, la diputada Martha Tagle Martínez, de Movimiento Ciudadano, explicó que la objeción de conciencia es un acto personal que versa en las creencias y pensamientos de cada persona; es un tema controvertido porque en ocasiones “no permite razonar ni conocer argumentos cuando es discutida.
“Se ha dado en diversos rubros, como en el servicio militar, el régimen fiscal, en la industria farmacéutica –cuando el medicamento atenta contra la vida-, en el tema educativo y la negación de honores a la bandera”, argumentó.
Laura Angélica Lauren Pavón, experta en legislación de familia, salud y bioderecho, recordó el caso de la niña rarámuri, quien ingresó al hospital a causa de leucemia y requería de una transfusión sanguínea urgente, pero por creencias religiosas sus padres negaron la autorización.
Sin embargo, destacó, las autoridades asumieron la facultad de tutela de forma provisional para autorizar el tratamiento.
“La objeción de conciencia es un tema actual que ha alcanzado los máximos tribunales para encontrar enfrentados los derechos del objetor religioso frente a la autoridad sanitaria, que defienden los principios éticos y jurídicos, pero siempre con la defensa de la vida como valor fundamental”, aseveró.
En su turno, el autor Herrera Fragoso explicó que la objeción de conciencia en el ambiente sanitario no debe justificarse sólo en principios éticos y de valores, sino también en evidencia científica.
“La salud es más importante que la libertad, pues es la luz de la vida; por eso esta situación es muy importante para que los facultativos operen con ciencia y valores”, expuso.
fahl