Foto: Cuartoscuro El proyecto del ministro Pérez Dayan expuso que la evidencia “se basa en la existencia de daños causados a las víctimas fallecidas por la actuación estatal tildada de irregular”  

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a Petróleos Mexicanos indemnizar a tres personas que murieron en la explosión de la Torre Ejecutiva el 31 de enero de 2013.

Al revisar el amparo directo 6758/2018, los ministros Javier Laynez, Fernando Franco, Eduardo Medina Mora y Alberto Pérez Dayán, determinaron que deudos de los trabajadores de la empresa Pilotes Copicosa tienen el derecho a la indemnización según la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estados.

El proyecto del ministro Pérez Dayan expuso que la evidencia “se basa en la existencia de daños causados a las víctimas fallecidas por la actuación estatal tildada de irregular”. Bajo estos preceptos, la empresa estatal estará obligada a reparar el daño, incluso sin importar que las personas fallecidas no erran trabajadoras de Pemex.

Cabe recordad que la explosión sucedió en enero de 2013, las investigaciones preliminares apuntaron que el estallido fue causado por la acumulación de gas metano en el sótano, percance cobró la vida de 37 personas y 126 lesionados.

JMSJ