La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó este viernes sobre una nueva tesis de jurisprudencia en materia de consumo de mariguana con fines recreativos.
La tesis considera que las prohibiciones para el consumo lúdico de cannabis son “superinclusivas” y no tienen fundamento en la protección de los derechos humanos o en el orden público.
Por lo tanto, las multas o prisión preventiva aplicada por el consumo de esta droga, es considerada inconstitucional, al ser poco específica la ley actualmente en vigor.
Además, lo único que se puede castigar en cuanto a conductas concretas son: conducir bajo los efectos de la misma, fumar en lugares públicos o inducir a terceros al consumo.
En la publicación hecha en el Semanario Judicial de la Federación, la SCJN indica los aspectos administrativos del tema, los cuales se añaden a los ocho de tipo penal dados a conocer a finales de febrero.
La SCJN resolvió que la prohibición absoluta para consumir mariguana con fines recreativos no es una medida de carácter indispensable, esto para la protección de la salud y el orden público.
Con información de MVS
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