Foto: Cuartoscuro Esta es la primera vez que se pide a la Suprema Corte que se pronuncie sobre el comportamiento de los funcionarios en redes sociales  

La Suprema Corte de Justicia Nación (SCJN) determinó que los servidores públicos que tienen cuentas de redes sociales oficiales no pueden bloquear a ciudadanos que usan la información plasmada en éstas para emitir comentarios o críticas.

La Sala consideró que Twitter es una canal de comunicación entre funcionarios públicos y la ciudadanía.

Debido a esto, la Segunda Sala de la Corte amparó al periodista Miguel Ángel León Carmona, en contra de la decisión del fiscal de Veracruz, Jorge Winckler, de bloquearlo en su cuenta de Twitter.

La SCJN consideró que el bloqueo constituye un acto de autoridad que implica una restricción indebida al derecho de acceso a la información del comunicador.

Al resolver el amparo en revisión 1005/2018, la sala del alto tribunal observó que los contenidos compartidos en la cuenta del fiscal en la red social tienen relevancia pública y es información de interés general.

Aunque hay antecedentes de casos similares resueltos en juzgados y tribunales, esta es la primera vez que se pide a la Suprema Corte que se pronuncie sobre el comportamiento de los funcionarios en redes sociales.

El proyecto de sentencia, elaborado por el ministro Eduardo Medina Mora, señala que el fiscal utiliza su cuenta de Twitter para difundir información sobre sus actividades oficiales, por lo cual el tema tiene que ver con los derechos de información y de expresión.

 

Medina Mora citó el caso, fallado en cortes estadounidenses en contra de su presidente, Donald Trump, por una acción similar. El ministro señaló que los niveles de interconexión que generan las redes sociales representan una vía de expansión de la libertad de expresión.

Los efectos de este fallo son que el fiscal Winckler deberá desbloquear de su cuenta de twitter al periodista León Carmona, o de lo contrario podrá ser juzgado por desacato.

 

MGL