El Gobierno Federal a través del Diario Oficial de la Federación publicó la modificación constitucional para crear la Guardia Nacional, destaca que los mexicanos tienen el derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa con excepción de las prohibidas por la Ley Federal y las de uso exclusivo de la Fuerza Armada.
“El Ejecutivo federal dispondrá lo necesario para la incorporación de los elementos de las Policías Militar y Naval a la Guardia Nacional y designará al titular del órgano de mando superior”, señala el decreto que entra en vigor hoy, según señala el mismo documento.
Detalla que las instituciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, serán de carácter civil, disciplinado y profesional. El Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los fines de la seguridad pública y conformarán el Sistema Nacional de Seguridad Pública.
Faltan leyes secundarias
En tanto la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana informó que dentro de los 60 días naturales siguientes a la entrada en vigor de este Decreto, el Congreso expedirá la Ley de la Guardia Nacional, y las leyes que reglamenten el uso de la fuerza, y del registro de detenciones, dentro de los 90 días naturales siguientes a la entrada en vigor de dicho Decreto.
LEG