Foto: Facebook @javier.vargaszempoaltecatl El titular de la Secogem, Javier Vargas Zempoaltecatl, informó que entró en vigor el Código de Ética de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México y sus Organismos Auxiliares  

El titular de la Secretaría de la Contraloría del Estado de México (Secogem), Javier Vargas Zempoaltecatl, informó que entró en vigor el Código de Ética de los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de México y sus Organismos Auxiliares, con el propósito de fortalecer el programa de servicio público sustentado en principios y valores éticos.

 

Lo anterior, luego de que se publicara dicho ordenamiento en el Periódico Oficial Gaceta de Gobierno, el martes pasado.

 

De igual forma, Vargas Zempoaltecatl señaló que así se cumple con los lineamientos de las leyes generales de Responsabilidades Administrativas y del Sistema Nacional Anticorrupción.

 

El Código no contempla ningún tipo de distinciones o diferencias entre las mujeres y los hombres al servicio del Estado de México, por lo cual utiliza un lenguaje claro, incluyente y no sexista.

 

Asimismo, está integrado por los principios rectores de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, economía, disciplina, profesionalismo, objetividad, transparencia, rendición de cuentas, competencia por mérito, eficacia, integridad y equidad.

 

En cuanto a los valores primordiales que todas las servidoras y los servidores públicos deben atender en el ejercicio de sus actividades laborales, se establecen interés público, respeto, respeto a los derechos humanos, igualdad y no discriminación, equidad de género, entorno cultural y ecológico, cooperación y liderazgo.

 

Además, la Secogem, en coordinación con los Comités de Ética de cada dependencia y organismo auxiliar, implementará mecanismos de capacitación y difusión del Código de Ética y de las políticas de integridad, a través de cursos, talleres, conferencias y seminarios, de manera permanente.

 

Por último, se destaca que los titulares de cada una de las dependencias y organismos Auxiliares del Estado, en el ámbito de su competencia, habrán de emitir el código de conducta y las reglas e integridad, en un plazo no mayor a 60 días naturales, a partir de la entrada en vigor del Código de Ética.

 

 

fahl