Foto: Cuartoscuro La zona federal marítima terrestre contigua a ellas no podrá ser inhibido, restringido, obstaculizado, ni condicionado  

Con 406 votos a favor, siete en contra y 20 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó cambios a la Ley General de Bienes Nacionales, con el objetivo de garantizar el libre acceso y tránsito en las playas.

 

Las adiciones establecen que el acceso a las playas marítimas y la zona federal marítima terrestre contigua a ellas no podrá ser inhibido, restringido, obstaculizado, ni condicionado, salvo en los casos que establezca el reglamento.

 

Se estableció que en el caso de que no existan vías públicas o acceso, los propietarios de terrenos colindantes con la zona federal marítimo terrestre, deberán permitir el libre acceso a la misma, así como a las playas marítimas, a través de los accesos que para el efecto convenga la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales con los propietarios, mediando compensación en los términos que fije el reglamento.

 

“Se sancionará con multa de entre tres mil y hasta 12 mil veces la Unidad de Medida y Actualización Vigente a los propietarios de terrenos colindantes con la zona federal marítimo terrestre o los titulares de concesiones, permisos, autorizaciones y acuerdos de destino respecto del aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre, que por cualquier medio o acto impidan, inhiban, restrinjan, obstaculicen, y condicionen el acceso”, establece el dictamen.

 

La diputada Julieta Macías (MC) refirió que a pesar de los múltiples derechos en los que se sustenta el libre disfrute y acceso a las playas, y a pesar de que la legislación vigente establece disposiciones para proteger su ejercicio, se ha vuelto una práctica común en los litorales, que quienes ostentan títulos de propiedad contigua a las playas, decidan establecer restricciones y obstáculos para el acceso, “frecuentemente con fin de generar un valor añadido de privacidad a los servicios turísticos que prestan”.

 

DAMG