Foto: Cuartoscuro / archivo Respecto a los señalamientos que ha hecho Javier Coello, abogado del ex director de Pemex, de que no se les permite tener acceso a las carpetas de investigación, añadió que, si no hay excepciones o, que la ley marque alguna, sí se le estaría violando su derecho.  

La autoridades deben ser cuidadosas y conducir la investigación en contra de Emilio Lozoya con objetividad, y se le respete su garantía de audiencia para que, al final, la resolución esté fundada y motivada de manera objetiva e imparcial, señaló Pedro Ugalde, académico en Derecho Penal de la FES Aragón.

“Hasta el momento ha habido cierta contaminación en el proceso por la divulgación de la información que se ha venido manifestando. Es evidentemente que está creando una predisposición social hacia el imputado. Es peligroso verter información o juicios al margen del proceso”, indicó en entrevista para 24 HORAS.

Señaló que se debe reservar cierta información del caso y no ventilarse ante los medios para que no se contaminen los procesos y, al final, se pueda tener una resolución que sea legitimada, no solamente por la vía legal, sino por la sociedad.

 

“Que esté libre de influencia y sea una resolución que satisfaga a las partes y, en general, a la sociedad”, señaló.

Respecto a los señalamientos que ha hecho Javier Coello, abogado del ex director de Pemex, de que no se les permite tener acceso a las carpetas de investigación, añadió que, si no hay excepciones o, que la ley marque alguna, sí se le estaría violando su derecho.

“En el nuevo sistema, una vez que la autoridad hace conocimiento de que hay una investigación en curso, en ese momento ya se le legitima al imputado y a su defensor para poder acceder a los registros.

Siempre y cuando no sea información que por ley esté protegida o reservada, la cual puede ser por delitos graves como delincuencia organizada o que pueden entorpecer una investigación”, puntualizó.

Podrán tener acceso a investigación: SCJN

En ese contexto, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que cuando un imputado se encuentre detenido, sea citado para comparecer con tal carácter, o bien, sea sujeto de un acto de molestia y se requiera su comparecencia, podrá tener, junto con su defensa, acceso a los registros de la investigación.

LEG