En la antesala de la ratificación del Tratado comercial entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), la legislación mexicana fue modificada para cumplir con los acuerdos firmados en noviembre de 2018 entre los tres países.

En el capítulo 23, las nuevas disposiciones laborales comprometen a México, Estados Unidos y Canadá a establecer en su legislación nacional el reconocimiento y respeto de los derechos laborales fundamentales, tales como la libertad de asociación y el derecho efectivo a la negociación colectiva, lo cual quedó subsanado con la recién aprobada reforma laboral.

En materia anticorrupción, los tres países se comprometieron a adoptar o mantener medidas legislativas o de otra índole para evitar hechos de corrupción entre Gobierno e Iniciativa Privada y, de esa manera, evitar los sobornos a funcionarios públicos en beneficio de una organización internacional de manera directa o indirecta.

Al respecto, el capítulo 27 del tratado, destaca que los socios comerciales, deben establecer en sus respectivos ordenamientos jurídicos, “medidas para perseguir delitos como el soborno, cohecho internacional, y peculado cometido por las empresas y autoridades de cualquiera de los tres países”.

Aquello con el fin de combatir las prácticas y actos ilegales que pueden afectar el intercambio comercial y la inversión entre las partes.

En este contexto, la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, confió en que la ratificación -mañana del T-MEC en el Senado- sea por unanimidad, toda vez que dará a los mexicanos, al sector privado y a los trabajadores, un “horizonte de certidumbre y confianza en el futuro inmediato de nuestra economía”.

No obstante, reconoció que no existen “blindajes impenetrables cuando la sinrazón se impone por encima de los compromisos pactados, pero la aprobación del T-MEC será un factor de estabilidad y confianza para las economías de los tres países que lo han suscrito”.

El tratado comercial establece un mecanismo de revisión del T-MEC a largo plazo, estableciendo una vigencia de 16 años, en calidad de prorrogable; mientras que, en los acuerdos paralelos, se contemplan disposiciones de Seguridad Esenciales en Vehículos.

Así como protección comercial efectiva, proceso de consultas y recurso de mecanismos de solución de controversias, ante la imposición de una medida que Estados Unidos llegara a adoptar al amparo de la Sección 232 de la Ley de Expansión de Comercio de 1962.

 

DATO:
– Si una de las partes desea retirarse, deberá notificarlo a las dos partes y su salida tendrá efecto seis meses después de su declaración.

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