Sancionan a productores que hicieron campaña vs. AMLO
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las sanciones a los creadores de la serie Populismo en América Latina debido a las denuncias presentadas por los partidos políticos Morena y Acción Nacional (PAN).
Y es que el artículo 41 constitucional establece que ninguna persona física o moral puede contratar propaganda dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos ni a favor ni en contra de los partidos o candidatos…, pero en las investigaciones se acreditó que los impulsores de la serie Populismo en América Latina lo violentaron a través de un esquema de publicidad integral ilegal.
Los magistrados concluyeron que se documentó la existencia de publicidad en camiones, teléfonos celulares, spots en televisión, entrevistas y cintillos en medios audiovisuales para generar una campaña negra contra el candidato a la Presidencia por la coalición Juntos Haremos Historia, Andrés Manuel López Obrador.
Resolvieron que las investigaciones realizadas por el Instituto Nacional Electoral (INE) y la Unidad de Inteligencia Financiera, de la Secretaría de Hacienda, dieron cuenta de un “complejo esquema integrado por personas físicas y morales destinado a violar el modelo de comunicación política para, con recursos presuntamente privados, intentar influir negativamente en la percepción pública de un candidato presidencial”, esto en el proceso electoral de 2018.
Los sancionados son Piña Digital SA de CV, Javier García Mata, Grupo TV Promo SA de CV, TV Promo SA de CV, Virna Gómez Piña, Alejandro Quintero Íñiguez y Mónica Bolaños Cacho Albarrán, sobre quienes se instruyó a la Sala Especializada individualice las sanciones.
Además, las investigaciones continuarán en la Unidad de Fiscalización del INE, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Fiscalía Especializada en la Atención de Delitos Electorales (Fepade), con el propósito de indagar a las personas físicas y morales señaladas por actos que podrían significar otro tipo de conductas ilegales, además de afectar el modelo de comunicación política constitucional.
Ninguno de los medios de comunicación que transmitieron la publicidad del documental será sancionado porque, en su momento, desconocían de los alcances e intención de la campaña negativa.
LEG