Foto: Archivo 24 Horas Invalidó las obligaciones contempladas en la Ley de Tránsito relativas a evitar el uso de teléfonos celulares o dispositivos móviles  

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó sancionar “penalmente” el uso del teléfono celular mientras se conduce un vehículo en el estado de San Luis Potosí, al considera que resulta excesivo la decisión de los legisladores estatales de acudir a la vía penal.

 

En sesión del Tribunal Pleno, los ministros analizaron la acción de inconstitucionalidad número 51/2018, promovido por la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de San Luis Potosí, quien demandó la invalidez de diversas disposiciones del Código Penal y de la Ley de Tránsito del mencionado estados, publicado en el Periódico Oficial de esa entidad el pasado 3 de mayo de 2018.

 

Los ministros del máximo tribunal de la nación al consideraron que resultaba excesiva la decisión del legislador de acudir a la vía penal para sancionar el uso del teléfono móvil mientras se conduce un vehículo, si se toma en cuenta que existen otras medidas menos lesivas como el derecho administrativo sancionador para disuadir este tipo de conductas.

 

Además, invalidó las obligaciones contempladas en la Ley de Tránsito relativas a evitar el uso de teléfonos celulares o dispositivos móviles.

 

 

 

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