Cuando el presidente López Obrador recomendó a los liderazgos de su partido que utilizaran la encuesta como el método para elegir a su dirigente nacional, nadie se atrevió a exponerle sobre las peripecias en las que se puede meter a Morena si se deciden por ese método. Unos porque sienten que les conviene más, y otros porque no se atreven a contradecir al mandatario ni con el pétalo de una opinión, por más certera y fundada que sea.

Un primer riesgo es que la encuesta no es un método contemplado en los Estatutos Generales registrados ante el INE y cualquier militante inconforme podría impugnarla y obligar a que se reponga el proceso conforme a sus estatutos. Y no sería la primera vez que el Tribunal Electoral obligue a un partido a reponer un proceso. Claro, a menos que ahora el Poder Judicial quiera medir a los partidos y a sus militantes con diferente vara.

El segundo factor, que puede provocar una tormenta en ese partido, es que mediante la encuesta se quitará a los delegados el derecho a votar a quien los va a dirigir. Y no se descarta que uno de estos delegados sea quien promueva algún recurso en contra de la encuesta.

El 17 de septiembre pasado, la presidenta del Consejo Nacional de Morena, Bertha Luján Uranga, recibió un documento de la Comisión Nacional de Honor y Justicia, que respondía a algunas dudas que ella había expresado, ya encaminados al proceso de la elección que debe darse en noviembre.

“¿Es posible mediante el método de encuestas elegir a los integrantes de los Comités Ejecutivos Estatales y del Comité Ejecutivo Nacional?”, era la pregunta central de Bertha Luján.

“De acuerdo con lo establecido en el Estatuto de Morena, no es posible elegir a los integrantes de los Comités Ejecutivos Estatales y del Comité Ejecutivo Nacional mediante el método de encuesta, dado que dicho supuesto no se encuentra contemplado en la norma estatutaria”, respondió la Comisión Nacional de Honor y Justicia.
Y además se agregaba:

“Con respecto a lo anterior, es menester dejar en claro que el proceso de elección de integrantes de los Comités Ejecutivos Estatales y Comité Ejecutivo Nacional se encuentra delimitado por lo previsto en los artículos 24 al 37 del Estatuto de Morena”.

Este párrafo es de suma importancia para Morena, porque en esos artículos se desglosa la forma en la que los delegados ejercerán su derecho al “voto” por su dirigencia. Es decir, con la encuesta no sólo se estaría ignorando su propio Estatuto, sino que se pasaría sobre toda una reglamentación y un derecho de los delegados y Comités, a menos que ellos quieran renunciar a ese derecho.

Según la misma misiva dirigida a Bertha Luján, la encuesta contemplada en el artículo 44 del Estatuto “aplica única y exclusivamente para la elección de candidatos a ser postulados por este partido político en procesos electorales constitucionales”.

 

#¿LoboEstásAhí?

El debate no es menor. Al decidir cuál será el método, Morena elegirá entre apostar por “la popularidad” o la “legalidad”, entre el pragmatismo o sus principios y entre los derechos de sus militantes o los acuerdos de las cúpulas.