El Sistema de Aguas de la Ciudad de México (SACMEX) debe dar a conocer a una persona solicitante cuáles son las fuentes de agua o pozos que abastecen a cinco establecimientos mercantiles ubicados en la Alcaldía Xochimilco, ordenó el Pleno del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO).
En Sesión Ordinaria, las y los Comisionados Ciudadanos aprobaron por unanimidad de votos el proyecto de resolución a cargo de la Ponencia de la Comisionada Ciudadana María del Carmen Nava Polina, en el que una persona solicitante requirió información cómo obtienen el suministro del agua estos comercios: “Plaza Terrazas Arenal, SUPAN, Chedraui de Santiago Tepalcatlalpan, Chedraui de Santiago Tulyehualco y LECAROZ”.
El Sujeto Obligado respondió que la Infraestructura del Sistema Hidráulico del SACMEX es información considerada de acceso restringido; explicaron que las redes primaria y secundaria, instalaciones, características, ubicaciones de los tanques de almacenamiento y regulación, plantas de bombeo, pozos de agua potable, garzas y plantas potabilizadoras, colectores, rebombeos de aguas residuales y pluviales, pasos a desnivel, presas y causes, plantas de tratamiento de agua residual tratada, diámetros y caudales, están en dicha denominación.
Asimismo, agregaron, también es información restringida todos los documentos, programas, planos, mapas, opiniones técnicas, bitácoras, diagramas, contratos, convenios, estudios, proyectos, factibilidad de servicios, sistemas alternativos que contengan ubicaciones, información o características estratégicas de la infraestructura hidráulica del SACMEX para la provisión de servicios de agua potable, drenaje profundo y agua residual tratada a las 16 Alcaldías Políticas de la Ciudad de México.
Las autoridades del órgano desconcentrado argumentaron que bajo estas circunstancias, “el daño que puede producirse con la publicidad de la información es mayor que el interés público de conocerla”. Por ello, se trata de evitar cualquier riesgo, amenaza, manipulación, secuestro, inhabilitación, destrucción, sabotaje, bloqueo de tuberías, para afectar los servicios de agua, así como riesgos o alteraciones en la salud de los habitantes de esta Ciudad de México, indicaron.
La persona solicitante se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el INFO en el que cuestionó que toda la información relacionada con la infraestructura del Sistema Hidráulico del SACMEX sea de acceso restringido. Los datos referentes a los pozos de agua potable, diámetros y caudales no deben ser limitados, subrayó.
Aclaró que en ningún momento se solicitó la ubicación de los pozos; se pidió conocer de qué fuentes de agua se abastecen los establecimientos mercantiles y las autoridades del SACMEX ya habían proporcionado información de ese tipo en otra solicitud.