La bancada de Morena en el Senado cedió ante la oposición y flexibilizó su postura sobre la fecha y reconoce que la revocación de mandato se trata de un ejercicio ciudadano.

 

Lo anterior, con el fin de avanzar en los consensos para aprobar la próxima semana la revocación de mandato y consulta popular.

 

En el marco de la reunión de la Comisión de Puntos Constitucionales, se dio a conocer que la solicitud para la revocación de mandato la deben hacer los ciudadanos, por lo que la bancada mayoritaria retiró su propuesta de que ésta figura sea a petición del Presidente de la República.

 

Además, se deja al Instituto Nacional Electoral (INE) la responsabilidad total de emitir la convocatoria para la consulta, promover el ejercicio ciudadano, organizarlo y contar los votos del mismo.

 

Entre las modificaciones realizadas a la propuesta original se establece que para solicitar la revocación se debe reunir 3% de firmas de ciudadanos inscritos a la lista nominal, de al menos 17 entidades federativas.

 

El proceso prevé una votación libre y secreta el domingo siguiente a los 90 días de emitida la convocatoria y en fecha no coincidente con elecciones federales o locales.

 

Los senadores se comprometieron a mantener las negociaciones para lograr los consensos; no obstante, el coordinador de los morenistas, Ricardo Monreal, ha advertido que con o sin los votos de las dos terceras partes que se requieren para su aprobación, la iniciativa será discutida en el pleno para aprobarla o rechazarla.

 

 

PUNTOS CLAVE

 

La revocación de mandato se dará cuando:

 

-El porcentaje de participación en la consulta sea de, por lo menos, 40% de las personas inscritas en la lista nominal de electores, es decir, 38 millones de personas.

 

-El INE será el encargado de contar los votos y la única instancia que podrá hacer la promoción de la consulta.

 

-Sólo se podrá solicitar en una ocasión, tres meses después de terminado el tercer año del Gobierno en turno.

 

-Los resultados de la consulta podrán ser impugnados ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF)

 

 

PERMANECEN DIFERENCIAS:

 

 

-Que las consultas populares no se puedan hacer sobre temas de finanzas, o de obras de infraestructura en ejecución.

 

-Sobre si debe o no crearse una ley reglamentaria para la revocación de mandato.

 

-Que la revocación de mandato también aplique para los gobernadores y Jefe de Gobierno

 

 

 

 

jhs