La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó amparar al narcotraficante Rafael Caro Quintero en contra de la extradición a Estados Unidos, en caso de ser detenido, pues desde agosto de 2013 es considerado prófugo de la justicia.
Con la ponencia del ministro Luis María Aguilar, la SCJN determinó que debe negarse la protección de la justicia al que fuera fundador del cártel de Jalisco junto a Miguel Ángel Félix Gallardo y Ernesto Fonseca Carrillo, en la década de 1970.
La Primera Sala determinó infundados los argumentos del fugitivo de la justicia mexicana y estadounidense, quien desde 2014 reclamó ante un juzgado federal el Tratado de Extradición entre México y Estados Unidos.
Sin embargo, los ministros determinaron que fue correcta la determinación de un juez federal y argumentaron que los Artículos 2, 17, 18 y 22 de la Ley de Extradición Internacional, así como los Artículos 10, 11 y 19 del Tratado de Extradición entre México y Estados Unidos no son inconstitucionales.
Por ello, consideraron que debe confirmarse la sentencia de negarle el amparo al quejoso.
Caro Quintero fue liberado el 9 de agosto de 2013 por la resolución del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito en Jalisco, el cual consideró que el quejoso no debió ser enjuiciado en el fuero federal por el asesinato del agente de la DEA, Enrique Camarena Salazar.
No obstante, en agosto de 2013 se emitió una orden de arresto contra Caro Quintero y desde entonces se le considera un fugitivo buscado en México, Estados Unidos y otros países.
fahl