La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó con 21 votos a favor, tres en contra y tres abstenciones, la minuta del Senado de la República para establecer en la Constitución Política mexicana las figuras de consulta popular y de revocación del mandato.
Con ello se reforma el Artículo 81 constitucional que establece que “la elección del presidente sea directa, en los términos que disponga la Ley Electoral” para quedar de la siguiente forma:
“La elección del Presidente será directa y en los términos que disponga la ley electoral. El cargo de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos puede ser revocado en los términos establecidos en esta Constitución”.
El documentó que se votó durante 15 minutos obtuvo 21 votos a favor de los partidos Morena, de la Revolución Democrática, Verde Ecologista de México, Movimiento Ciudadano y del Trabajo, así como tres en contra de Acción Nacional y tres abstenciones del Revolucionario Institucional.
También se modifica el 84 constitucional que establecía que “en caso de falta absoluta del Presidente de la República, en tanto el Congreso nombra al presidente interino o substituto, lo que deberá ocurrir en un término no mayor a 60 días, el secretario de Gobernación asumirá provisionalmente la titularidad del Ejecutivo.
“En este caso no será aplicable lo establecido en las fracciones II, III y VI del artículo 82 de esta Constitución”.
Con el cambio quedaría: en caso de la revocación del mandato del Presidente “asumirá provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo quien ocupe la presidencia del Congreso de la Unión”.
Además se establece que durante el periodo siguiente de 30 días, el Congreso de la Unión deberá nombrar a quien concluirá el periodo constitucional y si la revocación ocurre en los últimos cuatro años del periodo para el que fue electo el Presidente, la designación será de un sustituto.
La minuta se turnó a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados a fin de que el miércoles se vote en el pleno.
PAL