Foto: Cuartoscuro/Archivo La SCJN admitió a trámite la controversia constitucional interpuesta por el Banxico para la impugnación del Presupuesto de Egresos de la Federación del 2020  

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la controversia constitucional interpuesta por el Banco de México (Banxico) para la impugnación del Presupuesto de Egresos de la Federación del 2020, en particular los criterios que se establecieron para fijar el salario del presidente de la República.

 

El Banxico impugna la remuneración total ordinaria líquida mensual neta y ordinaria del titular del Ejecutivo federal, que se encuentran en el artículo 18, fracción II, en los anexos 23.1.2 y 23.1.3.

 

El Banco argumentó que no se consideran las prestaciones que integran el salario del presidente, en especial, las que están establecidas en especie.

 

Apuntó que sólo se prevén prestaciones ordinarias, entre las que no se señalan las remuneraciones de todo servidor público de la federación, en su caso las de carácter extraordinario a que hace referencia la fracción I del artículo 18 del Presupuesto de Egresos.

 

Refirió que la percepción de ambas remuneraciones, resulta contrario al artículo 127 de la Constitución Política, debido a que invade sus atribuciones constitucionales y legales.

 

Reiteró que no se establece de manera cierta el salario asignado al Jefe del Ejecutivo, tomando en cuenta todas las prestaciones que la integra, que corresponde al límite para fijar el monto de remuneraciones para sus servidores públicos, lo cual impide que se determine el límite aplicable a las remuneraciones de los servidores públicos del Banxico.

 

La SCJN fijó un plazo de cinco días hábiles, para que el Banxico exhiba en copia certificada los documentos en los que conste la aprobación de las remuneraciones de los integrantes de la Junta de Gobierno, el presupuesto referido y la parte concerniente a las remuneraciones de sus servidores.

 

La Corte dio 3 días hábiles para que la Cámara de Diputados y el Poder Ejecutivo Federal presenten la contestación y envíen copia certificada de los antecedentes del Presupuesto de Egresos para 2020, además de un ejemplar del Diario Oficial de la Federación (DOF) en el que se publicó.

 

 

 

Con información de MVS

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