El Pleno del INFO confirmó el sentido de una respuesta del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX), en la cual sostuvo la imposibilidad jurídica para cancelar datos registrales de “antecedentes penales” a través del procedimiento de cancelación de datos personales previsto en la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.
En Sesión Ordinaria, las y los Comisionados Ciudadanos del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFO) analizaron un proyecto de resolución a cargo de la Ponencia de la Comisionada Elsa Bibiana Peralta Hernández, en el que una persona requirió al Sujeto Obligado llevar a cabo los procedimientos para cancelar sus datos registrales contenidos en una averiguación previa, la cual fue remitida y radicada en el Juzgado 34 Penal del Reclusorio Norte en el año 2005.
En respuesta, las autoridades del TSJCDMX manifestaron que, en su calidad de Sujeto Obligado, únicamente pueden cancelar los datos personales en el ámbito de sus funciones administrativas, es decir, en lo que respecta a los trámites que contemplan recabarlos, darles tratamiento y resguardarlos en los Sistemas de Datos Personales bajo su tutela.
En este sentido el TSJCDMX, sostuvo que, en el caso de los datos registrales, quien debe determinar la procedencia y dictar el auto que ordene a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México la cancelación de sus datos o antecedentes registrales, es el Juez Penal que haya conocido la causa.
Tras recibir esa respuesta, el solicitante presentó un recurso de revisión ante el INFO agraviándose al considerar que se vulneró su derecho a la cancelación de datos personales con relación a determinada averiguación previa.
Interpuesto el recurso de revisión en el Órgano Garante, este fue turnado a la Ponencia de la Comisionada Elsa Bibiana Peralta Hernández, una vez admitido el medio de impugnación, del estudio de caso, se desprendió que el derecho a la cancelación de los datos personales no es la vía para cancelar datos regístrales de averiguaciones previas.
Durante la Sesión Ordinaria, la Comisionada Ponente expuso que el Tribunal puede cancelar datos personales dentro de la esfera de sus atribuciones y en lo que respecta a los trámites de tipo administrativo que se encuentren resguardados en sus sistemas de datos personales, en términos de lo establecido en los artículos 41 y 44 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la Ciudad de México.
Determinó que es fundamental considerar que el derecho a la cancelación de datos personales es procedente cuando estos obran en los sistemas de datos personales del Tribunal, y no así, en el caso concreto del cual se desprende que la cancelación de antecedentes registrales compete dictarla en autos al Juez conocedor del caso, mediante procedimiento jurisdiccional.
Respecto a la cancelación de datos personales, afirmó: “Esto no quiere decir que no se pueda cancelar la información, sino que hay que agotar otra serie de procedimientos que impliquen la atención de estas autoridades que son responsables de mantener la información y de procesarla al grado de llegar a anonimizarla para ser un tratamiento adecuado de estadísticas y demás”.
Sin embargo, reiteró, esta no es la vía porque la cancelación de los antecedentes penales le compete dictarla al Juez de la causa mediante el procedimiento respectivo, previo análisis de diferentes circunstancias.
Tras resaltar la importancia del tema, la Comisionada Ciudadana adelantó que los días 30 y 31 de enero el INFO llevará a cabo el “Foro Internacional de Datos Personales: Privacidad para la Persecución del Delito y la Rendición de Cuentas”, donde uno de los temas que se abordarán será el tratamiento de la privacidad con los aspectos policiales, ministeriales y de seguridad pública. “Es necesario delimitar las ideas, el adecuado resguardo de la información personal y hasta dónde se puede ejercer el derecho de la protección”, puntualizó.
Por unanimidad de votos, las y los Comisionados Ciudadanos aprobaron el proyecto de resolución en materia de datos personales que respaldó la postura del TSJCDMX de no cancelar los datos registrales por la vía de los derechos ARCO.
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