La Segunda Sala Suprema Corte de Justicia de la Nación, a propuesta de la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, resolvió diversos juicios de amparo en revisión, en los cuales analizó la constitucionalidad de la Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León vigente desde 2017, que prevé dos impuestos sobre juegos y sorteos.
Primeramente, se reconoció que el Congreso de Nuevo León tiene competencia para establecer contribuciones sobre juegos y sorteos, pues si la facultad para gravar esas actividades no se otorgó exclusivamente a la Federación, ello permite concluir que también la pueden ejercer las legislaturas locales.
También se decretó el sobreseimiento respecto de los artículos 10, 11, 12 y 14 de la Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León, por considerar que los únicos que pueden cuestionar tales disposiciones son las personas que participan en los juegos con apuestas, y no los establecimientos en los que se realiza esa actividad.
Finalmente, se declaró la constitucionalidad de los artículos 13, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 y segundo transitorio de dicha ley, que establecen el impuesto a cargo de los establecimientos y diversas obligaciones formales (recaudación y entero, entre otras), por considerar que no trastocan los principios de justicia tributaria previstos en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Federal.
Como consecuencia, la Segunda Sala negó el amparo a los quejosos, lo cual implicará que el Estado de Nuevo León continúe recaudando en términos de la referida ley hacendaria.
CS