El pasado 26 de febrero, el Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa otorgó a la Confederación Nacional de Cámaras Industriales (CONCAMIN), organismo miembro del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), la suspensión provisional del proceso de creación del NOM-051 de etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados. Como consecuencia, por el momento se paraliza el proceso de publicación de esta norma.
“Esto muestra que hay dudas razonables sobre la transparencia y legalidad del proceso de discusión y aprobación de la norma, tal y como, desde el pasado 24 de enero, el sector privado mexicano lo manifestó a la opinión pública”, aseguró el CCE.
En ese entonces, advirtió que para la emisión de los nuevos lineamientos para el etiquetado, no se tomó en cuenta la evidencia científica, los estudios y los compromisos internacionales. De ahí, que el sector empresarial se vio obligado a recurrir a las instancias legales para hacer valer el derecho a un proceso incluyente, transparente y con rigor jurídico.
Señaló que es fundamental que todas las políticas públicas se desarrollen de manera legítima en estricto apego a los principios de transparencia e inclusión. La información de cualquier producto que se comercialice debe tener pleno sustento técnico, jurídico y científico.
“Creemos que la norma aprobada, no permitiría a los consumidores tener la información adecuada para tomar las mejores decisiones para su alimentación”, agregó.
Expresó que la suspensión otorgada por el Poder Judicial representa una nueva oportunidad para continuar un diálogo abierto, propositivo e incluyente con las autoridades, los expertos y la sociedad en general, para crear el mejor etiquetado posible en favor de los mexicanos, que garantice la veracidad de la información nutrimental para integrar una alimentación correcta.
El sector empresarial reitera su compromiso con la población y hace un llamado a las autoridades para impulsar una estrategia integral de salud y un etiquetado frontal que:
a) ADVIERTA clara y verazmente de las calorías, grasas saturadas, azúcares y sodio;
b) INFORME con datos precisos sobre sus contenidos específicos, sólo así el consumidor
podrá comparar entre productos;
c) INCENTIVE la reformulación y la reducción del tamaño de las porciones;
d) Esté basado en EVIDENCIA CIENTÍFICA;
e) Sea CONGRUENTE con el marco jurídico nacional e internacional.
“Confiamos en que la resolución final del Poder Judicial protegerá los derechos a la información, la salud y alimentación de los mexicanos”, afirmó.
fahl