FOTO: ARCHIVO La senadora petista también especifica los términos en los que se deberán expedir las actas de nacimiento  

La senadora del Partido del Trabajo (PT), Cora Cecilia Pinedo Alonso, propuso incluir en la Ley General de Salud la reproducción asistida como materia de salubridad general, es decir, la atención integral de las mujeres que hayan decidido por esta opción.

De esa manera se garantizaría a las mujeres gestantes el acceso y conocimiento a las técnicas de reproducción asistida que existen, así como la información sobre sus derechos y obligaciones.

Pinedo Alonso detalló que las técnicas de reproducción asistida y gestación subrogada, son: la fecundación in vitro y la transferencia de embriones, la transferencia intratubárica de gametos, de zigotos y de embriones, así como la criopreservación de ovocitos y embriones, la donación de ovocitos y embriones, y la gestación subrogada.

En la iniciativa, especifica que las técnicas de reproducción asistida son los tratamientos o procedimientos que incluyen la manipulación de ovocitos, espermatozoides o embriones humanos para el establecimiento de un embarazo.

En tanto la gestación subrogada es una técnica de reproducción asistida mediante la cual una mujer gesta un producto fecundado por los padres contratantes. Sus modalidades son la subrogación total, parcial, onerosa, y altruista.

La senadora Pinedo Alonso establece también los requisitos que se deben presentar mediante certificación y aprobación médica, como óptimo perfil clínico, psicológico y social previo a la contratación, a fin de demostrar que su entorno social sea estable, libre de violencia; y su condición física y psicológica sea favorable para el adecuado desarrollo de la gestación.

Subraya que podrán ser contratadas como gestantes solo las mujeres de entre 25 y hasta 35 años de edad.

Además, las instituciones que realicen el procedimiento y el control prenatal deberán enviar un informe mensual a la Secretaría de Salud con copia del expediente clínico; así como del resultado del procedimiento de reproducción asistida, durante las primeras 24 horas de ocurrido el mismo y el tipo de atención brindada; esta notificación deberá incluir la copia del certificado de nacimiento del o los recién nacidos.

Los Notarios Públicos que participen en la celebración de contratos para estos procedimientos, deberán infórmalo en un plazo de 24 horas a la Secretaría de Salud y al Registro Civil, mediante copia certificada del instrumento celebrado entre las partes.

La senadora petista también especifica los términos en los que se deberán expedir las actas de nacimiento y los supuestos en los que los contratos de gestación carecen de validez; e incluye en los tres ordenamientos, las sanciones a que se hará acreedor quien realice delitos contra los derechos reproductivos los cuales incluyen técnicas de reproducción asistida sin el consentimiento del paciente o que devengan en esterilidad.

La Iniciativa con Proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal Federal y del Código Civil Federal, fue turnada a las Comisiones unidas de Salud y de Estudios Legislativos, Segunda, en la sesión ordinaria del pasado 19 de marzo.

 

 

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