El Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) acordó que los patrones pueden pagar las cuotas en parcialidades ante la emergencia sanitaria.
Explicaron que “el importe inicial será del 20% de la cuota patronal y del 100% de la obrera, el resto podrá diferirse hasta un máximo de 48 meses”.
Señalaron que el “monto convenido en pago a parcialidades no sufre ninguna modificación y al ser un pago recibido fuera de los plazos legales, genera actualización y recargos”.
Indicaron que el “beneficio de suscribir este convenio es que la tasa de interés por plazo mensual oscila entre 1.26% y 1.82%, en función del plazo elegido (12, 24 y más de 24 meses) desde el momento de su formalización”.
Informaron que a las empresas que cumplan, las “multas pueden ser disminuidas de acuerdo a lo previsto en el Acuerdo del H. Consejo Técnico 187/2003, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de julio de 2003”.
Recordaron que la “ley del Seguro Social prevé el descuento de hasta 7 días por ausentismos en los casos de ausencia del trabajador en donde subsista la relación laboral. Durante estos días se pagará la cuota que corresponde al Seguro de Enfermedades y Maternidad”.
DAMG