FOTO: ARCHIVO El Consejo de Salubridad General tiene a su cargo la certificación de establecimientos de atención médica  

Por acuerdo y  en atención a las medidas implementadas como parte de la Fase 3 de la pandemia de coronavirus  Covid-19, se amplía del 20 al 30 de abril, la suspensión de plazos y términos, para los trámites administrativos ante el Consejo de Salubridad General, con el propósito de evitar congregaciones o movilidad de personas y con ello mitigar la propagación de la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).

El acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, señala que por causas  de fuerza mayor, se considerarán días inhábiles los comprendidos del 20 al 30 de abril de 2020, por lo que no correrán los plazos o términos que establecen las leyes, reglamentos y demás disposiciones aplicables, como medida de prevención y mitigación de la epidemia de enfermedad causada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).adwmasAde

Además, el Consejo de Salubridad General proveerá lo necesario para la atención de los asuntos urgentes, que resulten indispensables y/o urgentes para hacer frente a la contingencia; para que se mantenga en labores el personal necesario para no afectar las funciones propias del Consejo, y deberá garantizar la continuidad de operaciones para el cumplimiento de sus funciones esenciales relacionadas con la mitigación y control de los riesgos para salud que implica el COVID-19.

El Consejo de Salubridad General tiene a su cargo la certificación de establecimientos de atención médica, así como la atención de trámites como la inclusión, modificación o exclusión de los insumos del Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, ahora Compendio Nacional de Insumos.

 

ica