Tras la publicación en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se dispone de la Fuerza Armada permanente para realizar tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada, subordinada y complementaria, la CNDH señaló que la participación de las fuerzas armadas en la seguridad pública debe ser extraordinaria.
De manera que toda intervención resulte excepcional, temporal y restringida a lo estrictamente necesario ante las circunstancias que justifican su intervención, resaltó que el Acuerdo no brinda elementos para respetar y garantizar dicha condición.
“Esa participación debe de ser subordinada y complementaria a las labores civiles de seguridad. Y si bien el Acuerdo hace referencia a estos conceptos, no se cuenta con elementos concretos y definitorios sobre las exigencias de dicha actuación”, refirió la CNDH en un comunicado.
Detalló que la participación de la Fuerza Armada en funciones de seguridad pública debe de estar regulada mediante mecanismos legales y protocolos sobre el uso de la fuerza conforme a estrictos criterios de excepcionalidad, proporcionalidad y absoluta necesidad.
“Hemos de recordar que el Estado Mexicano ha sido condenado en el pasado por los abusos e impunidad de las fuerzas armadas por actos de desaparición forzada de personas, asesinatos y ejecuciones extrajudiciales, violaciones sexuales, detenciones ilegales y tortura”, apuntó el Organismo.
Subrayó que el Acuerdo adolece de elementos concretos que garanticen el indispensable uso de la fuerza conforme al respeto y garantía de los derechos humanos.
DAMG