Foto: Cuartoscuro / Archivo La Etapa 1 iniciará el 18 de mayo del 2020, con la reapertura de las actividades en los municipios en que no se hubieran presentado casos de Covid-19  

Con la publicación en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Salud, formalizó las fechas para que las industrias minera, de la construcción y automotriz, que se incorporan “como acción extraordinaria” a las actividades esenciales, puedan regresar a las actividades a partir del próximo 1º. de junio.

 

Ante ello, del 18 al 31 de mayo de 2020, dichas empresas deberán implementar los lineamientos de seguridad sanitaria en el entorno laboral, que publique la Secretaría de Salud, en coordinación con las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, así como con el Instituto Mexicano del Seguro Social.

 

El acuerdo del Consejo de Salubridad General, establece las medidas generales para continuar con la mitigación de la epidemia causada por el virus SARS-CoV2, después de la Jornada Nacional de Sana Distancia; aunque no da detalles sobre territorios ni rangos de aforo a considerar para cada una de las fases señaladas.

 

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Aclara que las autoridades basarán sus decisiones en un sistema que permita evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado para el regreso de actividades de una manera “gradual, ordenada y cauta”.

 

De esa manera, señala que la Etapa 1 iniciará el 18 de mayo del 2020, con la reapertura de las actividades en los municipios en que no se hubieran presentado casos de Covid-19 y que, además, no tengan vecindad con municipios con casos de Covid-19. En ese caso, podrán reanudar las actividades escolares, la movilización en espacios públicos, cerrados o abiertos, así como las actividades laborales, esenciales y no esenciales, de su población.

 

La Etapa 2, abarca del 18 al 31 de mayo del 2020, y consiste en llevar a cabo acciones de aplicación general tendientes a la preparación para la reapertura de las actividades en general, como son: la elaboración de protocolos sanitarios para el reinicio seguro de actividades, capacitación de personal para seguridad en el ambiente laboral, readecuación de espacios y procesos productivos, así como la implementación de filtros de ingreso, sanitización e higiene del espacio laboral, entre otras.

 

Dichos municipios serán dados a conocer a más tardar el 17 de mayo a través de un comunicado de la secretaría de Salud, que en coordinación con las autoridades sanitarias de las entidades federativas, establecerán medidas de prevención y control de Covid-19 específicas para estos municipios.

 

“En los municipios con población indígena se deberá, además, poner en práctica la «Guía para la atención de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas ante la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2«.

 

La Etapa 3, arranca el 1 de junio del 2020, conforme al sistema de semáforo por regiones para la reapertura de actividades sociales, educativas y económicas.

 

El acuerdo, entra en vigor este jueves y estará vigente hasta en tanto se declare terminada la contingencia que la originó.

 

EAM