La Secretaría de Energía (Sener) publicó la tarde de este viernes en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se emite la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad del Sistema Eléctrico Nacional (SEN)” que, entre otros aspectos, señala controles sobre Centrales Eléctricas con Energía Limpia Intermitente.
La publicación contempla la penetración de Centrales Eléctricas con Energía Limpia Intermitente, fotovoltaicas y eólicas, previendo que los Estados Operativos de Alerta y Emergencia se reduzcan a un mínimo de acuerdo a las experiencias internacionales, disminuyendo en lo posible las salidas forzadas asociadas a la generación.
Esas últimas particularmente peligrosas en las rampas de salida y puesta del sol, así como en las horas críticas del SEN y que lo exponen a daños financieros, así como a los usuarios finales.
Indica que las fuentes de energía renovables, como el sol o el viento, presentan una serie de características, como la variabilidad temporal y geográfica, y cuya naturaleza intermitente las hace operar siempre que esté disponible el recurso que la sustenta, exigiendo mayor flexibilidad operativa al resto del sistema.
También señala que el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) es responsable de proponer y determinar los requisitos de los servicios conexos que se requieran para asegurar la suficiencia y la seguridad de despacho debido, entre otros, al comportamiento de las Centrales Eléctricas con Energía Limpia Intermitente.
“Por el comportamiento variable e incertidumbre de las Centrales Eléctricas con Energía Limpia Intermitente, el Cenace determinará las necesidades de recursos del SEN, relacionadas con la flexibilidad operativa y aprovechamiento de las características físicas de diseño de las centrales eléctricas en el proceso automatizado de arranque-incremento-decremento-paro”.
Agrega sin embargo que la integración de Capacidad Instalada de Centrales Eléctricas con Energía Limpia Intermitente en el SEN se mantendrá para todas las centrales eléctricas que hayan alcanzado el contrato de interconexión un día antes de la publicación de esta política en el Diario Oficial.
“Si alguna Central Eléctrica con Energía Limpia Intermitente, eólica o fotovoltaica, solicita un estudio en un punto de interconexión, el Cenace con base en criterios de suficiencia, seguridad de despacho y eficiencia económica, podrá rechazar dichas solicitudes”.
El texto íntegro se ubica en la siguiente liga: Acuerdo Sener.