La estrategia nacional de seguridad pública a partir del plan de paz no necesita modificarse ni cambiarse, sino sólo cumplirse en las partes que han avanzado de manera muy lenta: atender las causas de la inseguridad y la violencia. Y ahí el descuido ha sido de Gobernación, Bienestar Social y política social

El modelo de causalidad es clave: el Estado y sus instituciones abandonaron zonas territoriales del Estado y éstas fueron ocupadas por el crimen organizado en modo de sustitución del Estado. Ahora se trata de que el Estado regrese a ocupar sus espacios y desplace a las bandas delictivas.

No bastan las becas ni los apoyos. Se requieren de tres condiciones para quitarles territorios y bases sociales al crimen organizado: instituciones sociales, políticas, educativas y económicas del Estado; reconstrucción del tejido social; y liderazgos sociales de sectores que en el pasado cohesionaban a la sociedad con el Estado: maestros, partidos, sacerdotes, farmacéuticos y hasta caciques no criminales.

La Guardia Nacional ya está desplegada como aparato de seguridad del Estado. Faltan las instituciones sociales y políticas. Si no hay organizaciones sociales, entonces la paz no se logrará o podrá alcanzarse sólo a través de la guerra a balazos del Estado contra las organizaciones criminales.

De ahí que las exigencias sociales deban orientarse a las dependencias dedicadas al bienestar, el desarrollo, la calidad de vida. El empleo y la conciencia social de las sociedades afectadas por los cárteles no llegarán como deseo, sino a través de organización de la sociedad para exigir programas de desarrollo.

En este sentido, el balón de la inseguridad está en la cancha del bienestar social que debe proporcionar el Gobierno.

 

Zona Zero

  • El decreto del 11 de mayo dice con claridad: “se ordena a la Fuerza Armada permanente a participar de manera extraordinaria, regulada, fiscalizada subordinada y complementaria con la Guardia Nacional en las funciones de seguridad pública a cargo de ésta última, durante el tiempo en que dicha institución policial desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial”. Y se basa en el Quinto Transitorio de la reforma de marzo que tienen valor constitucional. Por ello, el decreto es constitucional.

 

(*) Centro de Estudios Económicos, Políticos y de Seguridad.

 

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