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Foto: Cuartoscuro / Archivo Para saber más acerca de este trámite, puedes consultar el instructivo de la Consar en su portal de internet  

Debido a los desempleos por la pandemia del Coronavirus muchas personas deciden retirar el Ahorro del Fondo para el Retiro (AFORE) para pasar esta crisis económica, por ello, aquí te decimos los requisitos y el método para hacerlo.

El trámite conocido como Retiro Parcial por Desempleo IMSS tarda alrededor de 15 días en realizarse, según explica la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) en el portal del Gobierno de México.

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Para este trámite existen dos modalidades:

  • Modalidad A; 30 días de su último Salario Base de Cotización con un límite de 10 unidades de Medida de Actualización.
  • Modalidad B; lo que resulte menor entre 90 días el Salario Base de Cotización del trabajador en las últimas 250 semanas, o en su caso, el 11.5% de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez (RCV).

Requisitos

Los requisitos para hacer este retiro parcial de los ahorros en la AFORE son:

  • Tener al menos 46 días en situación de desempleo.
  • Tener una cuenta individual registrada en una AFORE.
  • No haber hecho un retiro de este tipo durante los cinco años anteriores al trámite.
  • Contar con con un Expediente de Identificación del Trabajador actualizado y con un Enrolamiento Biométrico que será generado por la AFORE con información del trabajador; identificación oficial; comprobante de domicilio y la captura de sus huellas digitales.
  • Para ejercer la Modalidad A, el trabajador deberá tener una cuenta individual con al menos tres años de haber sido abierta y un mínimo de doce bimestres de cotización acreditados en dicha cuenta.
  • Para ejercer la Modalidad B, el trabajador deberá tener una cuenta individual con 5 años o más de haber sido abierta.

Trámite

Para este paso se tiene que realizar una “Pre-solicitud” de Retiro Parcial por Desempleo en el portal www.e-sar.com.mx para obtener la Clave Única de Servicio o bien, acudir directamente a una sucursal de la AFORE que administra la cuenta individual para que el personal de la administración auxilie al trabajador con su “Pre-solicitud”.

Luego se deberá acudir a la sucursal seleccionada en la “Pre-solicitud” y presentar:

  • La “Pre-solicitud” generada en el portal E-SAR.
  • Solicitud de disposición de recursos por Retiro parcial por desempleo debidamente llenada y firmada.
  • Documento que contenga el NSS del trabajador.
  • Un estado de cuenta bancario a nombre del trabajador con su CLABE.
  • Una identificación oficial (para adultos: credencial para vota, pasaporte, cédula profesional, cartilla militar, documento migratorio, matrícula consular; para menores de edad: acta de nacimiento, pasaporte, credencial del Sistema Educativo Nacional o una cédula de identidad personal).

La AFORE gestionará el trámite ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en un plazo no mayor de 10 días hábiles de haber recibido la solicitud, para obtener el certificado del derecho al Retiro Parcial por Desempleo.

Una vez certificado el derecho por parte del IMSS, la AFORE pondrá a disposición del trabajador los recursos correspondientes de conformidad con el derecho otorgado por el Instituto:

  • En la Modalidad A: la AFORE entrega en una sola exhibición el equivalente a 30 días de su último Salario Base de Cotización con un límite de 10 Unidades de Medida de Actualización.
  • En la Modalidad B: la AFORE entrega hasta en seis mensualidades lo que resulte menor entre el equivalente a 90 días del Salario Base de Cotización del trabajador en las últimas 250 semanas cotizadas (o las que tuviese) o el 11.5% de los recursos acumulados en la subcuenta de RCV.

El trabajador podrá elegir la Modalidad A o bien, que el primer pago sea por un monto de 30 días de su último Salario Base de Cotización, y en su caso, el saldo restante en pagos subsecuentes.

Ten en cuenta que, al retiro parcial por desempleo, el IMSS efectuará un descuento de semanas cotizadas que será proporcional al monto de los recursos retirados de la subcuenta de RCV.

Para saber más acerca de este trámite, puedes consultar el instructivo de la Consar en su portal de internet.

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Con información de medios

 

EAM